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No teniendo constancia en esta Dirección General del domicilio de los titulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles el oportuno Pliego de Cargos, como consecuencia de las denuncias recibidas contra ellos, a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,
RESUELVO:
1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan los cargos que se especifican en el expediente que les ha sido instruido, por esta Dirección General, por infracción a la legislación de transportes por carretera.
Los interesados disponen de un plazo de quince días, a partir de la publicación de la presente Resolución, para manifestar por escrito lo que a sus derechos convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intenten valerse.
2.- Remitir, al Ayuntamiento de la población que se cita, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
TITULAR: Premezclados Canarios, S.A.; N° DE EXPTE: GC-89-3-502-O; POBLACION: Las Palmas de G.C.; MATRICULA: GC-8442-AF; INFRACCION: a. 104 LOTE, a. 141-b, Ley 16/87, de 30-7; CUANTIA: 41.000 ptas.; HECHO INFRACTOR:
carecer de la tarjeta de transportes en servicio particular.
2) TITULAR: Antonio José Glez. Yagüe; N° DE EXPTE: GC-89-4-1247-O; POBLACION: Las Palmas de G.C.; MATRICULA: GC-1489-AH; INFRACCION: a. 32 ROT (B.O.E. 12-1-
50), OM. 16-5-50 (B.O.E. 1-6-50), a. 142-b, Ley 16/87, de 30-7; CUANTIA: 5.000 ptas.-, HECHO INFRACTOR: no llevar a bordo la tarjeta de transportes.
Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de julio de 1989.-El Director General de Transportes, Fernando Pérez Navarro.
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