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Examinado el expediente promovido por Don José María Salado García, Director del Colegio Privado de Educación General B sica y Preescolar "San Agustín", domiciliado en Plaza Concejal, número 1, del Puerto de la Cruz, en solicitud de autorización para ampliar el nivel de Preescolar en una unidad m s.
Resultando que el centro obtuvo clasificación definitiva para 8 unidades de E.G.B. y 1 unidad de preescolar, con fecha 15 de diciembre de 1988.
Resultando que, tramitado el expediente en la forma reglamentaria, la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife, acompañandolo de informes favorables del Servicio de Inspección Educativa y de la Unidad Técnica, lo elevó a la Dirección General de Planificación, Construcciones y Equipamiento Escolar, que formula propuesta de Resolución igualmente favorable a la ampliación que se solicita.
Vistos la Ley 14/1970, General de Educación de 4 de agosto (B.O.E. de 6 de agosto); la Ley Org nica 811985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (B.O.E.,del'4 de julio); el Decreto 1.855/1974, de 7 de junio (B.O.E. del 10 de julio), el Real Decreto 2.091/1983, de 28 de julio (B.O.C.A.C.
de 20 de septiembre) y dem s disposiciones de general y pertinente aplicación.
Considerando que el aula que se pretende ampliar reúne los requisitos exigidos por la normativa en vigor y satisface necesidades de escolarización en la zona donde est ubicado el centro.
Esta Consejería ha resuelto:
Autorizar al Colegio Privado "San Agustín" del Puerto de la Cruz, la ampliación de una unidad m s de Preescolar, que se suma a las anteriormente autorizadas para quedar así constituido por un total de 8 uds. de E.G.B. y 2 uds. de Preescolar.
Santa Cruz de Tenerife, a 4 de junio de 1989.
EL CONSEJERO DE EDUCACION,
CULTURA Y DEPORTES,
Enrique Fem ndez Caldas.
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