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BOC Nº 097. Lunes 17 de Julio de 1989 - 891

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de La Presidencia

891 - DECRETO 154/1989, de 6 de julio, por el que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada por el Cabildo Insular de Tenerife, con motivo de la realización de las obras del "Proyecto de ejecución del tramo final de la Carretera Insular TF-6148", Granadilla.

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Examinado el expediente tramitado a instancia del Cabildo insular de Tenerife, para declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la realización de las obras del proyecto de "Ejecución del tramo final de la Carretera Insular TF-6148", carretera que figura en el "Catálogo General de la Red Insular de Carreteras", y teniendo en cuenta la acreditación que de los requisitos exigidos para aprobar tal declaración se hace de dicho expediente como son:

1.- La necesidad de la ocupación de los bienes y derechos afectados por su destino al uso público y su urgencia motivada por la necesidad de acometer la construcción del tramo objeto del proyecto de referencia con el fin de proceder al desvío del tránsito y la eliminación de riesgos, habida cuenta de las precarias condiciones de estabilidad de la explanación del tramo que en la actualidad se utiliza para el tráfico rodado.

2.- La definición y situación de los bienes y derechos afectados por las obras resultan idóneas para cl objeto pretendido, según se desprende del expediente aportado por el Cabildo.

3.- Se ha oído a los titulares de los bienes y derechos afectados en el periodo de información pública, sin que se hubieran producido reclamaciones.

En el ejercicio de la competencia prevista en el apartado B.4.3 del anexo I del Real Decreto 2.613/1982, de 24 de julio, y los artículos 94 y 110 del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre, del Gobierno de Canarias, en relación con los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 6 de julio de 1989,

SE ACUERDA:

Uno.- Declarar, a solicitud del Cabildo Insular de Tenerife, urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la ejecución de las obras de "ejecución del tramo final de la Carretera Insular TF-6148", carretera que figura en el "Catálogo General de la Red Insular de Carreteras", con los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Los bienes y derechos cuya ocupación se declare urgente quedan descritos, de forma individualizada y con indicación de sus titulares, en el anexo del presente Decreto.

Dos.- Los interesados podrán formular ante el organismo expropiante y hasta el momento del Levantamiento de las correspondientes Actas Previas, alegaciones a los únicos efectos de subsanar posibles errores materiales en la enumeración o descripción de los bienes o derechos afectados.

Tres.- Contra el presente acto de trámite en el procedimiento de expropiación podrá interponerse recurso de reposición ante el Gobierno en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, o en su caso, publicación. Y contra su desestimación cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de la notificación si ésta fuere expresa o de un año desde su interposición si no fuere expresamente.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 6 de julio de 1989.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Lorenzo Olarte Cullen.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Vicente Alvarez Pedreira.

Ver anexos - página 3060

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