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BOC Nº 066. Viernes 12 de Mayo de 1989 - 340

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Política Territorial

340 - ORDEN de 7 de abril de 1989, por la que se toma conocimiento del Texto Refundido del Plan Parcial "Playas del Duque", término municipal de Adeje (Tenerife).

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Visto el expediente relativo al Plan Parcial "Playas del Duque", término municipal de Adeje, promovido por la Junta de Compensación del Sector siete de la Modificación de las Normas Subsidiarias municipales, tramo entre Torviscas y La Caleta; y

Resultando que la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 29 de julio de 1988, acordó aprobar definitivamente el resefiado Plan Parcial con los reparos que en el propio acuerdo constan.

Resultando que el promotor interpone recurso de reposición que la propia Comisión resuelve estimando parcialmente la impugnación presentada, disponiendo además que el Texto Refundido en el que se recojan los reparos debidamente subsanados se elevaría al titular de la Consejería de Política Territorial para su toma de conocimiento y entrada en vigor.

Resultando que el Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el pasado 28 de marzo acordó tomar conocimiento del Texto Refundido con el reparo puesto de manifiesto por la Oficina Técnica Municipal.

Resultando que el Servicio Técnico de la Dirección General de Urbanismo informa que el Texto Refundido elaborado da cumplimiento a lo dispuesto por la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente en su acuerdo de aprobación definitiva, si bien debe suprimirse del cuadro n° 5 de la Memoria del Plan la frase "número de habitantes meramente indicativo a efectos nemotécnicos" por la que ya figuraba en el Plan en el momento de ser elevado a la Comisión, es decir "número de habitantes a efectos nemotécnicos".

Considerando lo dispuesto en el artículo 132 del Reglamento de Planeamiento,

D I S P O N G O: Tomar conocimiento dcl Texto Refundido del Plan Parcial "Playas del Duque" remitido por el Ayuntamiento de Adeje, en virtud del acuerdo plenario adoptado el 28 de marzo de 1989, con supresión de la frase ft meramente indicativo" del cuadro n° 5 de la Memoria del Plan Parcial, ya que la misma no desprende del acuerdo de aprobación definitiva adoptado el 29 de julio de 1988.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial en el plazo de un mes a partir de su publicación.

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de abril de 1989.

EL CONSEJERO DE POLITICA TERRITORIAL, Augusto Menvielle Laccourreye.

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