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BOC Nº 066. Viernes 12 de Mayo de 1989 - 446

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de La Presidencia

446 - DECRETO 59/1989, de 25 de abril, por el que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada por el Ayuntamiento de Candelaria, con motivo de la realización de la obra "Nuevo acceso a la Plaza de la Basílica, 14 fase

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Examinado el expediente tramitado, a instancia del Ayuntamiento de Candelaria, para declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la rea lización de las obras de "Nuevo acceso a la Plaza de la Basìlica, 1ª fase", comprendida dentro del proyecto técnico de la obra "Nuevo acceso a la Plaza de la Basílica, 1ª fase" y teniendo en cuenta la justificación que de los requisitos exigidos para aprobar tal declaración se hace en dicho expediente, como son:

1.- La necesidad de la ocupación de los bienes y derechos afectados por su destino al uso público y su urgencia motivada por la necesidad de solucionar el grave problema del tráfico del casco de Candelaria, ya que la vía que se pretende construir permitirá que la zona de la Basìlica de Candelaria cuente con una vía de entrada y otra de salida, ambas de dirección única, lo que facilitará el acceso a la mencionada plaza.

2.- Se ha oído a los titulares de los bienes y derechos afectados en peiiodo de información pública por un plazo de quince días (B.O.P. n° 31, de 13 de marzo de 1989) sin que se haya presentado ninguna alegación.

En el ejercicio de la competencia prevista en el apartado B.4.3. del anexo I del Real Decreto 2.613/1982, de 24 de julio, y los articulos 94 y 110 del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre, del Gobierno de Canarias, en relación con los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 25 de abril de 1989,

DISPONGO: Uno.- Declarar, a solicitud del Ayuntamiento de Candelaria, urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la ejecución de las obras de "Nuevo acceso a la Plaza de la Basìlica, 1ª fase", comprendido dentro del proyecto técnico de la obra "Nuevo acceso a la Plaza de la Basìlica".

Los bienes y derechos cuya ocupación se declara urgente quedan descritos, de forma individualizada y con indicación de sus titulares en el anexo del presente Decreto.

Dos.- Los interesados podrán formular ante el organismo expropiante y hasta el momento del Levantamiento de las correspondientes Actas Previas, alegaciones a los únicos efectos de subsanar posibles errores materiales en la enumeración o descripción de los bienes y derechos afectados.

Tres.- Contra el presente acto de trámite en el procedimiento de expropiación podrá interponerse recurso de reposición ante el Gobierno en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, o en su caso, publicación. Y contra su desestimoción cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia correspondiente, en el plazo de dos meses a partir de la notificaciòn si èsta fuere expresa o de un año desde su interposiciòn si no lo fuere expresamente.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 25 de abril de 1989. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Lorenzo Olarte Cullen. EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Vicente Alvarez Pedreira.

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