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Examinado el expediente tramitado, a instancia del Ayuntamiento de Santiago del Teide, para declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la realización de las obras de construcción de aceras en Arguayo, incluidas en el Plan Insular de Obras y Servicios de 1987 y teniendo en cuenta la justificación que de los requisitos exigidos para aprobar tal declaración se hace en dicho expediente como son:
1.- La necesidad de la ocupación de los bienes y derechos afectados por su destino al uso público y su urgencia motivada por la necesidad de la creación de una zona de aparcamiento que cumpla además de su lógica finalidad, el separar a los peatones de los vehículos que transiten por dicha carretera, ya que la misma se ha convertido en la vía de paso de los vecinos del norte de la isla a las urbanizaciones turísticas del sur de la isla, así como al Aeropuerto Reina Sofìa TenerifeSur por lo que su tráfico diario es muy intenso, resultando en consecuencia imprescindible la creación de una zona de seguridad.
2.- La definición y situación de los bienes y derechos afectados por las obras resultan idóneas para el objeto pretendido, según se desprende del expediente aportado por el Ayuntamiento.
3.- Se ha oìdo a los titulares de los bienes y derechos afectados en periodo de información pública (B.O.P. n° 14, de 1 de febrero de 1989) y de notificaciones individuales, por plazos de quince días, habiéndose presentado una alegación que fue desestimada por la Corporación.
En el ejercicio de la competencia prevista en el apartado B.4.3. del anexo I del Real Decreto 2.613/1982, de 24 de julio, y los artículos 94 y 110 del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre, del Gobierno de Canarias, en relación con los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 25 de abril de 1989,
SE ACUERDA: Uno.- Declarar, a solicitud del Ayuntamiento de Santiago del Teide, urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la obra de construcción de aceras en Arguayo, incluidas en el Plan Insular de Obras y Servicios de 1987.
Los bienes y derechos cuya ocupación se declara urgente quedan descritos, de forma individualizada y: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.d) de la Ley Territorial 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
A propuesta del Consejero de Sanidad, Trabajo y Servicios Sociales y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el dìa 9 de mayo de 1989.
Vengo en nombrar a Doña María Amparo Rodríguez Perez, Directora General de Servicios Sociales.
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 9 de mayo de 1989. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Lorenzo Olarte Cullen.
EL CONSEJERO DE SANIDAD, TRABAJO Y SERVICIOS SOCIALES, Daniel Prats Díaz.
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