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Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 12.6 del Decreto 123/1988, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo, y encontrándose afectas las Fianzas de modo específico a las responsabilidades derivadas de la actividad del Juego, al objeto de público conocimiento y a los efectos oportunos se le da publicidad al escrito dirigido a este Centro Directivo por Don Miguel Santacruz Falero, sin representación de la empresa de servicios "Bisanjuan, S.A.", que dice:
"Miguel Santacruz Falero, mayor de edad, casado, provisto del documento nacional de identidad n2 42.444.817, en calidad de Presidente de la empresa de servicios denominada "Bisanjuan, S.A." gestora de la Sala de Bingo Club de Fútbol Ferreras, sito en la Calle Pelayo, 16 sótano, de esta ciudad, a V.I. con todo respeto tiene el honor de,
Exponer:
Que para dar cumplimiento al art-. 12, Fianzas Reglamento del Juego del Bingo adjunto remito a V.I., carta de pago correspondiente al Aval n-' 1568958 por el importe de cuatro millones (4.000.000) de pesetas.
Rogándole si a bien lo tiene la devolución de los avales depositados anteriormente por esta empresa (carta de pago 89/02/000013 de fecha 4-1-89) por la cantidad de un millón (1.000.000) de pesetas y carta de pago 53528/2558 de fecha 2 de febrero de 1983 por la cantidad de tres millones (3.000.000) de pesetas.
Por ello,
Suplica a V.I. tenga por presentado el presente escrito y que previos los trámites reglamentarios se digne acceder lo que deja interesado.
Es gracia que espero merecer del recto proceder de V.I., cuya vida guarde Dios muchos años.
Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de marzo de 1989".
Transcurridos 30 días desde la publicación por la Consejería de la Presidencia se dictará la correspondiente Orden pam la devolución o retención del Aval.
Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de abril de 1989. El Director General, Antonio Cruz Caballero.
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