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El Consejo Social de la Universidad de La Laguna, en su reunión plenaíia del día 26 de octubre de 1988, adoptó el acuerdo de convocar un concurso de trabajos para premiar la difusión del quehacer, la realidad y las posibilidades de la Universidad de La Laguna, con arreglo a las siguientes
BASES 19. Podrán participar en el presente concurso los autores de trabajos de difusión sobre la organización, el quehacer, la realidad, los servicios, las instalaciones, la oferta de estudios, los trabajos de investigación o cualquier aspecto de las posibilidades que tiene o puede ofrecer la Universidad de La Laguna.
29. En el supuesto de que se trate de artículos periodísticos o emisiones radiofónicas será necesaria su previa difusión en cualquier medio de comunicación social.
En los demás supuestos podrá o no difundirse, aunque el Jurado valorará que el trabajo se haya publicado y la amplitud de la difusión.
30. Se establece un primer premio dotado con 500.000 pesetas, un segundo premio dotado con 250.000 pesetas y un tercer premio dotado con 100.000 pesetas. También, a juicio del Jurado, se podrán conceder Diplomas acreditativos de la participación en el concurso, que serán entregados a los participantes en el acto público que al efecto se organice.
4'. Los autores presentarán o enviarán, a la sede del Consejo Social, sita en La Laguna, Cl Viana, n9 50, D.P. 38201, antes del 30 de septiembre de 1989, dos ejemplares del trabajo (fotocopias, diapositivas, carteles, cassettes, videos, cortometrajes, etc.) pudiendo exigir el oportuno recibo.
59. En ningún caso los trabajos aportados serán devueltos ya que pasarán a engrosar los fondos documentales del Consejo Social de la Universidad de La Laguna.
6'. Los premios podrán ser declarados desiertos.
79. Con el fin de facilitar los trabajos a los participantes, por el Rectorado se adoptarán las medidas pertinentes para que se faciliten los datos que interesen al objeto del trabajo que se pretende, utilizando los cauces legalmente establecidos.
89. El Consejo Social se reserva el derecho de realizar con los trabajos seleccionados una publicación especial cuya difusión será gratuita, organizar una exposición ¡tinerante o difundirlo por cualquier medio de comunicación.
9' ' En caso de que el formato, el contenido o el diseño del trabajo premiado se considere de interés para la difusión habitual y continuada de la Universidad de La Laguna, las condiciones de explotación del mismo serán revisadas en un plazo no superior a tres años, dejando a salvo los posibles derechos futuros del autor o de sus herederos.
109. El Jurado, cuyo fallo será inapelable, estará compuesto por:
Presidente: el Presidente del Consejo Social. Vicepresidente: el Rector de la Universidad de La Laguna. Vocales: un representante de la Confederación de Empresarios. El Gerente de la Fundación Universidad de La Laguna-Empresa. El Presidente de la Asociación de la Prensa. Un representante de la Real Sociedad Eco nómica de Amigos del País de Tenerife. El Decano de la Facultad de Ciencias de la Información. Secretario: el del Consejo Social, con voz pero sin voto.
119. El fallo del jurado se hará público necesariamente antes del día 31 de diciembre de 1989.
129. Los participantes aceptan de manera explícita las presentes bases.
Lo que se hace público para general conocimiento.
La Laguna, a 30 de diciembre de 1988.- El Rector, José C. Alberto Bethencourt.
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