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Visto el expediente instruido con fecha 6 de abril de 1989, a instancia a Don Víctor L. Melián Naranjo, en nombre y representación de "Viajes Océano, S.L.", en solicitud de concesión del oportuno título-licencia de agencia de viajes del grupo "Minorista".
Resultando que a la solicitud de dicha empresa se acompañó la documentación que previenen los artículos 5 y 6 y concordantes del ' vigente Reglamento de las Agencias de Viajes en la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por el Decreto 231/1987, de 18 de diciembre, que regula el ejercicio de la actividad profesional que compete a las agencias de viajes y en el que se especifican los documentos que habrán de ser presentados juntamente con la solicitud de otorgamiento de título-licencia.
Resultando que tramitado el oportuno expediente en la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, aparecen cumplidas las fon-n alidades y justificados los extremos que se previenen en los artículos 6 y 16 del expresado Rcglarncnto.
Considerando que en la empresa solicitante concurren todas las condiciones exigidas por el Decreto 231/87, de 18 de diciembre, pam la obtención del títulolicencia de agencia de viajes del grupo "Minoiista".
Vistos el Decreto 231/1987, de 31 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Agencias de Viajes en la Comunidad Autónoma de Canarias; el artículo 32, c) de la Ley l/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de Canarias; los Decretos de distribución de competencias en materia de turismo 26/1984, de 27 de enero, y 123/1985, de 19 de abril, modificados por el 2311987, de 13 de marzo, y Orden de 9 de junio de 1987, por la que se delega en el Director General de Ordenación e Infraestructura Turística la competencia en mateíia de concesión y revc>cación del título-licencia de agencias de viajes, RESUELVO: Se concede el título-licencia de agencia de viajes a "Viajes Océano, S.L.", con el núm. I.C. 197Minorista, y casa central en calle Fuerteventura, núm. 3, de Las Palmas de Gran Canaria, pudiendo ejercer su actividad a partir de la fecha de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias, con sujeción a los preceptos del Decreto 231/1987, de 18 de diciembre (B.O.C. de 31 de diciembre), y demás disposiciones aplicables.
Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de abril de 1989. P.D. El Director General de Ordenación e Infraestructura Turística (Orden 9-6-1987, B.O.C. núm. 81, de 22-6-87), Pedro J. García Artiles.
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