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Visto el expediente instruido con fecha 9 de marzo de 1989, a instancia de Don José Jesús Marrero Mirabal en nombre y representación de "Bricarmarr Travel, S.L.", en solicitud de concesión del oportuno títulolicencia de agencia de viajes del grupo "Minorista".
Resultando que a la solicitud de dicha empresa se acompaiíó la documentación que previene el artículo 6, en relación con el artículo 5 y demás concordantes del Decreto 231/87, de 18 de diciembre por el que se al)rueba el Reglamento de las Agencias de Viajes en la Comunidad Autónoma de Canarias y en los que se especifican los documentos que han de ser presentados juntamente con la solicitud del otorgamiento del título-licencia. Resultando que tramitado el oportuno expediente en la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, aparecen cumplidas las formalidades y justificados los extremos que se previenen en el expresado reglamento.
Considernado que la empresa solicitante concurren todas las condiciones exigidas por el Decreto 231/87, de 18 de diciembtre, para la obtenión del título licencia de agencia de viajes del grupo "Minorista".
Vistos el Decreto 231/87 , de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Agencias de Vaijes en la Comunidad Autónoma Canaria, el artículo 7 del Estatuto Ordenador de las Empresas y de las Actividades Turísticas Privadas, regulado por el Decreto 231/1965, de 14 de enero; el Real Decreto 2.807/1983, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias, en materia de turismo; el artículo 32-c) de la Ley 1/1983, de 14 de abril del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; los decreto de distribución de competencias en maeteria de turismo 26/1984 de 27 de enero y 123/1985 de 19 de abril, modificados por el Decreto 23/1987, de 13 de marzo y la Orden de 9 de junio de 1987, por la que se delega en el Director General de Ordenación e Infraestructura Turística la competencia en materia de concesión y revocación del título licencia de agencias de viajes.
RESUELVO
Se CONCEDA el título-licencia de agencia (JC viajes "Minorista" a "Bricamarr 'Travel, S.L.", con código identificativo I.C. n' 196, y establecimiento turístico sito en trasera del Edificio Bilbao, San Agustín -Los Realejos-, pudiendo ejercerla actividad a partir de la fecha de publicación de la Orden en el Boletín Oficial de Canarias, con sujeción a lo preceptuado en el Decreto 231/1987, de 18 de diciembre (B.O.C. del 31 de diciembre de 1987) y demás disposiciones aplicables.
Santa Cruz de Tenerife, a 1 1 de abril de 1989.- El Director General dc Ordenación e Infraestructura Turística, p.d. Orden de 9 de junio de 1987 (B.O.C. n' 81, de 22-6-87), Pedro J. García Arúlcs.
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