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En cumplimiento de las funciones de materia de depósito de estatutos de organizaciones profesionales, transferidas a la Comunidad Autónoma de Canarias mediante Real Decreto 661/1984, 25 de enero, se hace público que, en esta Dirección General de Trabajo, y a las 14 horas de día 10 de Marzo de 1989, se han recibido-remitidos por la Sección de Mediación, Arbitraje y Conceliación de la Dirección Territorial de Trabajo de las Palmas, donde fueron presentados a las 12 horas del día 6 de marzo de 1989-los estatutos y el acta de constitución de la organización profesional denominada Confederación Regional de la Pequeña y Mediana Empresa (COREPYME), así como copias autorizadas de los acuerdos de constitución de dicha Confederación de Empresarios de Tenerife de la Pequeña y Mediana Empresa, Artesanos y Empresarios Autónomos(CETEPYME) y de la Confederación Regional Canaria de la Pequeña y Mediana Empresa, Artesanos y Empresarios Autónomos (CECAPYME).
la documentación indicada queda en depósito en esta Dirección General.
Los ámbitos territorial y funcional de la Confederación vienen constituidos respectivamente, por las Islas Canarias y por las organizaciones empresariales sectoriales de la pequeña y mediana empresa cuyos ámbitos sean al menos insulares o provinciales o intersectoriales que cuenten entre sus miembros con una significativa participación de pequeñas y medianas empresas.
Fija su domicilio en Las Palmas de Gran Canaria, calle Arena, 1º-6º.
Son los firmantes del acta de constitución Don Alberto Erice Keppler, Don Antonio Rodríguez Suárez., Don Eduardo García Sánchez y Don Juan Emilio Checa López.
Santa Cruz de tenerife, a 20 de marzo de 1989.-El Director General de trabajo, Francisco A. Monje Pérez.
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