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BOC Nº 043. Lunes 27 de Marzo de 1989 - 231

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de La Presidencia

231 - ORDEN de 9 de marzo de 1989, por la que se convoca, por el procedimiento de libre designación, la provisión de puestos de trabajo en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

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Aprobada por Decreto n- 167/88, de 10 de noviembre (B.O.C. del 28), la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y haflándose vacantes los que en el anexo I de la presente Orden se relacionan, esta Consejería, en uso de la competencia que le atribuye el artículo 77,1 de la Ley Teriitorial 2/87, de 30 de marzo de la Función Pública Canaria, y a propuesta de dicha Consejería, ha resuelto efectuar convocatoria pública para su provisión, por el procedimiento de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:

Primera: los puestos de trabajo que se anuncian podrán ser solicitados por los funcionarios de carrera que reúnan los requisitos exigidos para su desempeño según la vigente relación de puestos de trabajo y que figuran en dicho amxo.

En cuanto al requisito de pertenencia a los Cuerpos y Escalas de la Administración de esta Comunidad a los que figuran adscritos los puestos anunciados, se considerará que a los únicos efectos de esta convocatoria lo cumplen aquellos funcionarios que pertenezcan a los Cuerpos y Escalas y reúnan los requisitos de titulación y demás que señala, respecto de cada caso, la Disposición Transitoria Primera de la Ley Territorial 2/87, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

Segunda: los interesados dirigirán sus solicitudes a esta Consejería ajustadas al modelo de instancia que se inserta como anexo II.

Tercera: las solicitudes deberán presentarse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente al de inserción de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, en la Secretaría General Técnica de la mencionada Consejería.

Asimismo podrán presentarse en las oíicinas que previene el Decreto 100/85, de 19 de abril y en las oficinas de Correos según lo dispuesto en el art9. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Cuarta: además de los datos previstos en el indicado modelo, los aspirantes harán constar en la solicitud su curíiculum vitae, en el que conste debidamente acreditado, el Cuerpo o Escala a que pertenecen, el grupo en que el mismo se hallase clasificado, título académico, años de servicio y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto en relación con las funciones atribuidas a los puestos solicitados, acompafiando documentación acreditativa.

Quinta: esta Consejería de estimarlo oportuno, po drá acordar con anterioridad a la selección la celebración de una entrevista de los candidatos con la Autotidad de que dependa el puesto solicitado.

Sexta: por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes se remitirá a la Consejería de la Presidencia, a través de la Dirección General de la Función Pública, la correspondiente propuesta debidamente motivada, acompañada de la documentación aportada por los interesados.

Séptima: esta Consejería podrá dejar vacantes las plazas mencionadas cuando estime que no existen candidatos idóneos para su adecuado desempeño.

En Santa Cruz de Tenerife, a 9 de marzo de 1989.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Vicente Alvarez Pedreira.

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