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No teniendo constancia esta Secretarìa General Técnica del domicilio actual de Don Oscar Hern ndez S nchez, y siendo obligado notificarle la resolución de recurso de alzada interpuesto por éste contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo de 30 de marzo de 1987, por la que se le denegó una subvención que solicitó al amparo de lo previsto en la Orden de 30 de octubre de 1986, reguladora de las subvenciones, es por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo, de 17 de julio de 1958,
RESUELVO: Primero.- Notificar a Don Oscar Hern ndez S nchez que por Resolución del Iltmo. Sr. Viceconsejero de Trabajo y Promoción de Empleo de fecha 26 de octubre de 1985, se acordó la desestimación del citado recurso de alzada interpuesto por éste, al entenderse que la solicitud de subvención, cuya denegación es objeto de impugnación, no se ajusta a lo dispuesto en la Orden de 30 de octubre de 1986.
Asimismo, se advierte que contra dicha Resolución desestimatoria de recurso de alzada cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de esta Jurisdicción de la Audiencia Territorial de Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de dos meses siguientes a la publicación de la presente resolución, pudiendo igualmente interponerse con car cter potestativo recurso de reposición o cualesquiera otros que se estimen procedentes.
Segundo.- Remitir dicha Resolución desestimatoria del recurso de alzada al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, último domicilio conocido del recurrente, a efectos de su publicación en el tablón de edictos del mismo.
Santa Cruz de Tenerife, a 17 de febrero de 1989. El Secretario General Técnico, Daniel Prats Díaz.
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