Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 026. Viernes 26 de Febrero de 1988 - 1690

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería Economía y Comercio

1690 - ORDEN de 15 de febrero de 1988, por la que se aprueban las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones presentadas por el Ayuntamiento de Gáldar (Gran Canaria).

Descargar en formato pdf

Vista la petición formulada por cl Ayuntamiento de Gáldar en solicitud de aumento de tarifas en agua de abastecimiento a poblaciones.

Resultando: Que el expediente fue sometido a informe de la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas, que lo emitió en su sesión ordinaria celebrada el día 15 de febrero de 1988, en cl sentido de dictaminar favorablemente las siguientes tarifas de agua de abastecimiento que suministra cl Ayuntamiento de Gáldar a dicho término municipal:

CONSUMO DOMESTICO (Facturación bimestral) Mínimo de 10 m3 900 ptas De 10 01 a 20 m3 130 ptas./m3 De 20 01 a 25 m3 155 ptas./m3 De 25 01 a 30 m3 170 ptas./m3 De 30 01 a 40 m3 195 ptas./m3 Más de 40 m3 225 ptas./m3

CONSUMO INDUSTRIAL (Facturación bimestral)

Hasta 8 m3 1.150 ptas. Más de 8 m3 300 ptas./m3

CONSUMO ESPECIAL (Servicio en cubas)

Uso doméstico 150 ptas./m3 Uso industrial 200 ptas./m3 Considerando: Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695177, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226177, de 27 de julio y la Orden de 30 de septiembre del mismo año.

Vistos la Ley 7185, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 3.173/83, de 19 de noviembre, el Decreto del Gobierno de Canarias 120/87, de 7 agosto, y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación.

RESUELVO Autorizar al Ayuntamiento de Gáldar las tarifas de agua de abastecimiento que suministra a dicho Término municipal; las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriormente expresadas a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente disposición cabrá interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, ante el propio órgano que la dictó en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias dc acuerdo con lo establecido en el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo y en cl artículo 52 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de febrero de 1988.

EL CONSEJERO DE ECONOMIA Y COMERCIO PRESIDENTE DE LA COMISION TERRITORIAL DE PRECIOS, Luis Hernández Pérez.

© Gobierno de Canarias