Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 026. Viernes 26 de Febrero de 1988 - 1688

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería Economía y Comercio

1688 - ORDEN de 15 de febrero de 1988, por la que se aprueban las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones presentadas por el Ayuntamiento de Valleseco (Gran Canaria).

Descargar en formato pdf

Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Valleseco en solicitud de aumento de tarifas en agua de abastecimiento a poblaciones.

Resultando: Que el expediente fue sometido a informe de la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas, que lo emitió en su sesión ordinaria celebrada el día 15 de febrero de 1988, en el sentido de dictaminar favorablemente las siguientes tarifas de agua de abastecimiento que suministra el Ayuntamiento de Valleseco a dicho término municipal.

CONSUMOS (Facturación bimestral) Mínimo de 6 m3 575 ptas. De 6 01 a 20 m3 115 ptas./m3 De 20 01 a 30 m3 130 ptas./m3 De 30 01 a 50 m3 145 ptas./m3 Más de 50 m3 185 ptas./m3

Consumo municipal 135 ptas./m3

Considerando: Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/77, de 28 de octubre, en relación con el R@ Decreto 2.226/77, de 27 de julio y la Orden de 30 de septiembre del mismo año.

Vistos la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 3.173/83, de 19 de noviembre, el Decreto del Gobierno de Canarias 120/87, de 7 dc agosto, y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación.

RESUELVO Autorizar al Ayuntamiento de Valleseco las tarifas de agua de abastecimiento que suministra a dicho término municipal, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriormente expresadas a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente disposición cabrá interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, ante el propio órgano que la dictó en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias de acuerdo con lo establecido en el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo y en el artículo 52 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de febrero de 1988.

EL CONSEJERO DE ECONOMIA Y COMERCIO PRESIDENTE DE LA COMISION TERRITORIAL DE PRECIOS, Luis Hernández Pérez.

© Gobierno de Canarias