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Vistos los expedientes para la declaración de Bien de interés Cultural para la Comunidad Autónoma dc Canarias, a favor dc:
CASCO HISTORICO DE BUENAVISTA DEL NORTE (TENERIFE).
- CEMENTERIO I)E LA VILLA DE LA OROTAVA (TENERIFE).
- SANTUARIO DE LA VIRGEN I)E CANDELARIA Y CONVENTO. CANI)ELARIA (TENERIFE). - HACIENDA I)E l3AJAMAR EN BREÑA ALTA (LA I)ALMA).
- IGLESIA DE NTRA. SRA. I)E LOS REMEDIOS. l3UENAVISTA I)EL NORTE (TENERIFE).
- EI)IFICIO VILLASEGURA, ACTUAL ESCUELA DE COMERCIO (SANTA CRUZ DE TENERIFE). - IGLESIA NTRA. SRA. DE LOS I)OLORES EN LA LAGUNA (TENERIFE).
TEATRO CHICO EN SANTA CRUZ DE LA PALMA.
CASA DEL CONDE EN SAN SEBASTIAN DE LA GOMERA.
- PALACIO DE SALA7AR. SAN CRISTOIIAL DE LA LAGUNA (TENERIFE).
Y de conformidad con lo establecido en el art'- 9.2 ele la Ley 16/1985, de 25 de junio, (B.O.E. del 29), del Patrimonio Histórico Español y en el art' 87 dc la Ley de Procedimiento Administrativo, y en virtud dc las atribuciones conferidas por la legislación vigente, esta Dirección General
RESUELVE Abrir un periodo de información Pública, a Fin de que cuantos tengan interés en los expedientes mencionados puedan examinarlos y aducir lo que estimen procedente, durante el plazo de un mes a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en la dirección Territorial de Cultura y Deportes sita en Santa Cruz de Tenerife, Cl Villalba Hervás, 4, 5 4 planta.
Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de octubre dc 1987.- El Director General dc Cultura, Carlos Díaz Marrero.
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