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Resultando necesario cubrir parte de los puestos de trabajo convocados por los citados Decretos, correspondientes a la Consejcría de Turismo y Transportes, y sin perjuicio de la Resolución que recaiga respecto a los puestos que se omiten.
Vista la documentación obrante en el expediente abierto al efecto y cumplimentados todos los trámites exigidos por la legislación vigente, especialmente el art. 78, apartados 3 y 4, de la Ley Territorial 2/87, de 30 de marzo, dc la Función Pública Canaria, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32-19, letra c), de la Ley Territorial 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y las propias bases de la convocatoria
DISPONGO Nombrar para los puestos de trabajo que se indican en el anexo de esta Orden a los funcionarios que se mencionan en cl mismo, quienes deberán cesar en su actual destino.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de noviembre de 1987. EL CONSEJERO DE TURISMO Y TRANSPORTES, Blas Rosales Henriquez.
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