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BOC Nº 147. Miércoles 18 de Noviembre de 1987 - 1373

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial

1373 - ORDEN de 4 de agosto de 1987, por la que se resuelve el recurso de reposición presentado por Don Ramchand Bulchand contra la denegación del cambio de uso de la parcela 177 de la Urbanización Puerto Rico, término municipal de Mogán (Gran Canaria).

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Resultando que con fecha 2 de diciembre de 1985, el Consejero de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Medio Ambiente denegó la solicitud de cambio de ordenanza de la parcela 177, de la Urbanización Puerto Rico.

Resultando, que en dicha Resolución se le concedía potestativamente recurso de reposición.

Resultando quc en la misma fue notificada al promotor por el Ayuntamiento cl 12 de noviembre de 1986.

Resultando, que contra la mencionada Resolución Don Ramchand Bulchand presentó recurso dc reposición el 9 de diciembre de 1986.

Resultando, que posteriormente, con fecha 16 de julio de 1987 se presentó escrito de alegaciones como ampliación del recurso anteriormente citado.

Considerando, las argumentaciones esgrimidas por el recurrente, la nueva documentación presentada y los informes técnicos realizados.

Considerando que efectivamente el uso vigente, dadas las características de la parcela, su accesibilidad y el volumen de usuarios que tal uso comporta no parece adecuado.

Considerando, que no es necesario el desarrollo del uso actual para cubrir los estandares exigidos por el anexo del planeamiento.

Considerando que la propuesta presentada mejora las posibilidades edificatorias de la parcela.

DISPONGO Estimar parcialmente el recurso de reposición presentado por Don Ramchand Bulchand en nombre y representación de Bungalows Puerto Rico, S.A., aprobando definitivamente el cambio de uso de la parcela 177 de la Urbanización Puerto Rico con las condiciones siguientes:

- 60% del volumen para uso residencial y 40% para uso comercial cn edificio independiente. - Creación de circulación peatonal en todo el borde de la parcela.

Contra la anterior Orden Departamental podrá interponerse ante la Sala correspondiente de la Audiencia Territorial, en el plazo de dos meses contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, recurso contencioso administrativo.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de agosto de 1987.

EL CONSEJERO DE POLITICA TERRITORIAL, Augusto Carlos Menvielle Laccourreye.

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