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Que en este Juzgado de mi cargo, se siguen Proc. Ley O n° 38/82, en virtud de denuncia de Jesús García Cruz, por supuesto delito de cheque en descubierto, contra Manuel Alfonso Santana, habiéndose dictado sentencia, cuyo fallo dice: "Que debo condenar y condeno a Manuel Alfonso Santona como autor de un delito de cheque en descubierto, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 30.000 ptas., con arresto sustitutorio de 12 días en caso de impago y al pago de las costas procesales; acordándose que el denunciado, nacido en Las Palmas de Gran Canaria, el día 30 de mayo de 1946, y con domicilio en la Cl Palma de Mallorca, bl. 16, 4, sea instruido del contenido de dicha sentencia.
Lo que fimio en Santa Cruz de Tenerife, a 19 de agosto de 1987.
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