Estás en:
No teniendo constancia en esta Dirccción General del domicilio de los tilulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles el oportuno pliego de cargos como consecuencia de las denuncias recibidas contra ellos a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
RESUELVO 1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citen los cargos que se especifican en el expediente que les ha sido instruído por esta Dirección General por infracción a la legislación de transportes por carretera.
Los interesados disponen de un plazo de quince días a partir de la publicación de la presente Resolución para manifestar por escrito lo quc a sus derechos convenga, aportando o proponicndo las pruebas de que, en su caso intenten valerse.
2.- Remitir al Ayuntamiento de la población citada la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondientes.
l) TITULAR: Antonio Martel López; N- EXPTE.: GC-87/01/1-0; POBLACION: Vecindario; MATRICULA: GC-1430-P; INFRACCION: Art. 59 ROT y OM. 16-05-50, art. 7-b Ley 38/84 art. 26-B RD. 1408/86; CUANTIA: 120.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: Carecer de la ta@eta de transporte en servicio particular.
2) TITULAR: Servicios de Transportes y Excavaciones Rodríguez; Ni EXPITE.: GC-87/04/321O; POBLACION: Ingenio; MATRICULA: GC-00322- R-O; IN-FRACCION: Art. 59 ROT y OM. 16-05-50, art. 7-b Ley 38/84 art. 26-B RD. 1408/86; CUANTIA: 120.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: Carecer de la tarjeta de transporte en servicio particular.
Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de agosto de 1987.- El Director General de Transportes, Fernando Pérez Navarro.
© Gobierno de Canarias