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1987/115 - Viernes 04 de Septiembre de 1987

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
Consejería de La Presidencia

Regresar al sumario 1152 ORDEN de 23 de julio de 1987, por la uqe se convoca concurso de méritos para proveer diversas plazas vacantes en la Consejería de Obras Públicas, mediante contratación Laboral fija.

Vacantes diversas plazas en la consejería de Obras Públicas, a propuesta de la misma y en uso de las facultades atribuídas en el artículo 6.2.y) de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, he resuelto proveer las citadas vacantes y aprobar las bases por las que se ha de regir la convocatoria.

BASES

Primera: Es objeto de lapresente convocatoria la provisión, por el procedimiento de concurso de méritos, de los puestos de trabajo que a continuación se relacionan, mediante contratación laboral fija:

OFICIAL 2ª ADMINISTRATIVO

- 5 plazas. S/C de Tenerife.

- 4 plazas. Las Palmas de Gran Canaria.

Segunda: Condiciones que deben reunir los aspirantes:

a) Ser español.

b) Tener 18 años cumplidos.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilado par el desempeño de funciones públicas.

Tercera: Restribuciones.

Las retribuciones correspondientes a las plazas convocadas son las que figuran en el convenio Colectivo vigente.

Cuarta: Sistema de selección.

Las plazas convocadas se cubrirán por concurso de méritos acreditados documentalmente en el momento de presentación de las instancias.

Dicho concurso consistirá en la valoración de los méritos del candidato según el baremo que se establece en los siguientes apartados:

1°.- Se tendrá en cuenta el tiempo de servicios efectivos prestados con anterioridad a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, en la condición de contratado laboral eventual, en funciones clasificadas como correspondientes a las de las plazas objeto de la presente convocatoria, valorándose cada mes de servicios prestados en tales condiciones en 0,40 (cuarenta centésimas) puntos, con un máximo de 10 (diez) puntos.

2°.- Experiencia profesional: hasta un máximo de 12 (doce) puntos.

a) Trabajo en la empresa privada dentro de la rama administrativa, dada año o fracción superior a seis meses, 0.50 (cincuenta centésimas) puntos, hasta un máximo de 3 (tres) puntos.

b) Por la realización durante un periodo mínimo ininterrumpido de seis meses de trabajo en la siguientes materias, hasta un máximo de 4 (cuatro<9 puntos:

-Personal 2 (dos) puntos.

- Viviendas de protección Oficial 2 (dos ) puntos.

- Gestión Presupuestaria y Tesorería 2 (dos) puntos.

c) Trabajos en la Administración cada año o fracción superior a seis meses: 0,59 (cincuenta centésimas) puntos (siempre qu no sea aplicable lo establecido en el apartado 1 de esta base, hasta un máximo de 3 (tres) puntos.

d) Por conocimiento de la estructura y funcionamiento del Departamento, acreditado fehacientemente, hasta un máximo de 2 (dos ) puntos.

3°.- Formación Profesional; hasta un máximo de 5(cinco) puntos.

a) Bachiller Superior: 1 (un) punto.

- Título de Grado Medio o equivalente: 1,50 (uno con cincuenta dentésimas) puntos.

- Titulación de Grado Medio o equivalente: 1,50 (uno con cincuenta centésimas) puntos.

- Titulación Superior: 2(dos) puntos.

b) Cursos de perfeccionamiento dentro de la Comunidad Autónoma de Canarias: por cada curso 0,50 (cincuenta centésimas) hasta un máximo de 1 (un) punto.

c) Otros méritos alegado que se relacionen con el puesto, apreciados por el Tribunal: hasta un máximo de 2 (dos) puntos.

Quinta.- Instancias y admisión.

Las instancias solicitando tomar parte en el concurso según modelo oficial que figura como anexo l, se presentarán en un plazo de 10 diez días naturales a partir del siguiente a aquel en que aparezca la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, en el Registro de la Dirección General de la Función Pública (Edificio Hamilton,Pl 1ª, c/ La Marina, n° 7 de Santa Cruz de Tenerife) y en registro de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas (Edificio de Usos Múltiples, Pl. 9ª, C/ Arrieta, s/n de Las Palmas de Gran Canaria).

Igualmente podrán presentarse mediante correo certificado (artículo 66, de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo y n la forma prevista en el Decreto 100/1985, de 19 de abril).

Sexta: Tribunales.

El Tribunal que habrá de valorar los méritos alegados porlos aspirantes estará compuesto por los siguientes miembros,

TITULARES:

Presidente:

-DON MANUEL CAMBRELENG BARRERA.

Vocales:

-D. JOSE TOMAS SAN SEGUNDO CERVIA.

- UN REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES.

- Dª MARGARITA GONZALEZ OCON.

Secretario:

- Dª MARINA LOPEZ TRUJILLO,que actuará con voz y sin voto.

SUPLENTES:

Presidente:

- D. ANTONIO LAZCANO ACEDO.

Vocales:

- Dª TERESA GIL EXPOSITO.

- UN REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES.

Dª CARMEN ANTOLIN GARCIA.

Secretario:

- D. JOSE FEDERICO ALMENAR MORIN, que actuará con voz y sin voto.

Séptima: La calificación de los concursantes será realizada por el Tribunal atendiéndose al baremo que figura en esa convocatoria.

Caso de ser estimado necesario por el Tribunal , se efectuará una entrevista personal con los interesados sobre aquellos aspectos que requieran aclaración.

Octava: Con aquellos consursantes que resulten seleccionados, se elaborará una lista que será expuesta en el Tablón de anuncios de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria y en la Dirección de Función Pública, publicándose igualmente en el Boletín Oficial de Canarias, en el plazo de un mes.

Los concursantes seleccionados deberán acreditar ante la Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas y dentro de los cinco días sigientes a la publicación de las adjudcaciones de plaza, que reúnen los requisitos exigidos en la base segunda de la presente convocatoria.

Novena: Una vez realizado lo anteriorm y en el plazo de diez días, se procederá a la formalización en modelo oficial de los correspondientes contratos de trabajo, dándose traslado a la Dirección General de la Función Pública, a efectos de su inscripción en el Registro de Personal.

Décima: Los contratos de trabajo que sena suscritos a resueltas de la presente convocatoria estarán sujetos a un periodo de prueba, de acuerdo con lo establecido en la legislación laboral vigente .

En Santa Cruz de Tenerife a 23 de julio de 1987.

EL CONSEJERO DE DE LA PRESIDENCIA EN FUNCIONES.

Manuel Alvarez de la Rosa.

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