Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 096. Viernes 24 de Julio de 1987 - 948

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial

948 - ACUERDO de 6 de mayo de 1987, de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, por el que se aprueba definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias de Agaete y Plan Parcial Puertode Las Nieves (Gran Canaria).

Descargar en formato pdf

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 6 de mayo de 1987 en relación con el asunto referenciado, adoptó el siguiente acuerdo: Resultando que, con fecha 13 de noviembre de 1986 tuvo entrada en la Consejería de Política Territorial el expediente relativo a la modificación de las Normas Subsidiarias de Agaete y Plan Parcial Puerto de Las Nieves, promovido por el Ayuntamiento, a los efectos de su aprobación definitiva por la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias.

Considerando que en el plazo de zonificación se detectan errores de grafismo referidos a:

- La trama de las parcelas 13 del Sector Las Nieves y 7 del Sector La Costa, cuya edificación debe ser comercial, social y complementarias, de acuerdo con el resto de los documentos.

- La parcela n9 15 de Las Nieves que debe tener uso residencial y obligatorio de comercial y complementario en toda la planta baja.

- La página 14 de la memoria donde existe un error de transcripción en la reconversión de viviendas al uso hotelero, cuya equivalencia debe ser de dos módulos de habitación por vivienda.

Considerando que las ordenanzas particulares de las zonas deben completarse en los siguientes extremos:

a.- Las alturas permitidas se computarán en todas las fachadas de la edificación, incluso en los interiores en el caso de existir espacios libre en el interior de las parcelas.

b.- Los sótanos no podrán ser destinados más que a aparcamientos y localización de salas de maquinaria o aljibes al servicio del complejo edificatorio.

c.- Los semisótanos no podrán sobrepasar 0,5 m., sobre la rasante de la parcela, permitiéndose en ellos, además de los usos previstos para los sótanos, instalaciones al servicio del complejo tales como almacenaje, vestuarios de personal, cocinas, lavanderías o gimnasio prohibiéndose expresamente las zonas comerciales y los bares o discotecas.

Considerando que es conveniente, con el fin de potenciar el desarrollo turístico de la zona, fijar la parcela mínima en 2.500 m2, para aquellos casos en los que se pretenda una modificación del parcelario del plan.

Visto el expediente remitido, el dictamen de la Ponencia Técnica, la Ley del Suelo, el Reglamento de. Planeamiento y demás nonnas de general aplicación, se acuerda:

"Aprobar definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias de Agaete y Plan Parcial Puerto de Las Nieves, promovido por el Ayuntamiento de Agaete, con las especificaciones contenidas en los considerandos de la presente Resolución".

Contra esta Resolución cabe interposición del recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y contra su desestimación cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de la Audiencia Territorial, cn cl plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio dcl recurso de reposición, si es expreso, si no lo fuero, el plazo será de un año, a contar de la fecha de interposición, en virtud de lo preceptuado en los arts. 52, 54 y 58 párrafos 19 y 2' de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Santa Cruz dc Tenerife, a 6 de mayo de 1987.- El Secretario de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, Juan Luis Medina Femández Aceytuno.

© Gobierno de Canarias