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No teniendo constancia en esta Dirección General del domicilio de los titulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles el oportuno pliego de cargos como consecuencia de las denuncias recibidas contra ellos a los efectos de quc aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo
RESUELVO 1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan los cargos que se especifican en cl expediente que les ha sido instruido por esta Dirección General por infracción a la legislación de transportes por carretera.
Los interesados disponen de un plazo dc quince días a partir de la publicación de la presente Resolución para manifestar por escrito lo que a sus derechos convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso intenten valerse.
2.- Remitir al Ayuntamiento de la población citada la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
a) TITULAR: Industriales de Construcción de Lanzarote, S.A.; Nº EXPTE.: GC-87/03/353-1; POBLACION: Tías; MATRICULA: GC-5063-AB; INFRACCION: Art. 59 ROT y OM 16-05-50, art. 7-b Ley 38/84 ,art. 26-B R.D. 1408/86; CUANTIA: 120.000 Ptas.; HECHO INFRACTOR: Carecer de la tarjeta de transporte en servicio particular.
b) TITULAR: Julio Gil Vega; Nº EXPTE.: GC87/03/355~1; POBLACION: Las Palmas; MATRICULA: GC-1803-B; INFRACCION: Art. 59 ROT y OM 16-05-50, art. 6-a Ley 38/84 art. 25-a R.D. 1408/86; CUANTIA: 300.000 ptas. y precintado 20 días; HECHO INFRACTOR: Carecer de la tarjeta de transporte en servicio público.
Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de junio de 1987. El Director General de Transportes, Pablo Montoro Mailin.
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