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Examinado el expediente remitido por la ConsejerÍa de Turismo y Transportes para la modificaci n de su relaci n de puestos de trabajo.
Considerando justificada la modificación de la misma por la necesidad de adaptar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Turismo y Transportes a las exigencias actuales de dicho Departamento.
Habiéndose consignado créditos para la Consejería de Turismo y Transportes en la Ley 7/1987, de 22 de abril, por la que se concede un crédito extraordinario para atender a diversos programas urgentes, capaces de atender las modificaciones propuestas. En su virtud, de conformidad con los articulos 6 y 7 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria y previa deliberación del Gobierno, en sesión celebrada el 28 de mayo de 1987,
DISPONGO Artículo Unico: Modificar la relación de puestos de trabajo de la Consejera de Turismo y Transportes, en los términos del anexo.
DISPOSICION FINAL Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de mayo de 1987.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Jerónimo Saavedra Acevedo
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Manuel Alvarez de la Rosa
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