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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 del Estatuto de Magisterio y en la convocatoria de los concursos general, restringido y preescolar de fecha 20 de octubre de 1986, (Boletín Oficial de Canarias de 5 de noviembre). Esta Dirección General ha dispuesto:
I. RESOLUCION DEFINITIVA DE LOS CONCURSOS.
Elevar a definitiva las adjudicaciones provisionales de destinos de los referidos concursos realizadas por Resolución de 11 de marzo de 1987 de la Dirección General de Personal (Boletín Oficial de Canarias de 16 de marzo de 1987), con las modificaciones que dentro de cada concurso se contienen en el anexo V de la presente Resolución, en el que aparecen tanto los nuevos destinos obtenidos por los concursantes, como los anulados a consecuencia de las reclamaciones formuladas.
II. ELIMINACION E INCLUSION DE VACANTES.
Por no proceder su provisión en estos concursos, a causa de supresión, error en el anuncio, etc., se eliminan de los mismos las vacantes que figuran en el anexo 1, apartado a).
Asimismo, se incluyen, adjudicándose automáticamente a quien en derecho correspondan las vacantes que se relacionan en el apartado b) del mismo anexo.
III. RECLAMACIONES.
a) Estimadas.
Las reclamaciones que, siendo procedentes tenía fundamento su formulación, han sido estimadas y tenidas en cuenta, con sus consecuencias en la Resolución definitiva de los concursos, figurando por relación alfabética de apellidos en el anexo 11.
b) Desestimadas.
Por no existir precepto legal en que apoyarlas, o por falta de fundamento en su pretensión, se desestiman las peticiones formuladas por los concursantes, que por orden alfabético de apellidos figuran en el mismo anexo li.
IV.RESULTAS.
En el anexo III se relacionan por orden alfabético de apellidos los solicitantes de resultas. El figurar o no en esta relación es independiente de la obtención de resultas, ya que éstas se adjudican automáticamente.
V. NUEVAS VACANTES.
Las vacantes cuya inclusión en estos concursos fue debidamente reclamada, pero que por corresponder a localidades no anunciadas en los mismos no han podido ser tenidas en cuenta en la adjudicación definitiva, se anuncian por la presente en el anexo IV, concediéndose un plazo de quince días naturales, a partir del siguiente al que se publique la presente en el Boletín Oficial de Canarias, para ser solicitadas por quienes tengan interés en las mismas, hayan participado o no en estos concursos o hayan tenido destino o no en los mismos, siempre que reuniesen los requisitos exigidos para participar en los citados concursos.
VI. ADSCRIPCION A CENTRO.
El destino a centro desde las localidades de censo superior a 10.000 habitantes se obtendrá a través del concursillo, que se celebrará de conformidad con la Resolución dc 16 de abril de 1987 (B.O.C. del 27).
En las dc censo inferior a 10.000 habitantes, en que hubiere vacante a proveer en más de un centro, la adscripción a éstos se obtendrá por elecciones conjuntas ante el órgano correspondiente, de los profesores yii destinados en la localidad que deseen cambiar de centro y los que resulten nombrados para la misma, en virtud de estos concursos, viniendo señalada la preferencia por lo dispuesto en los artículos 70 y 71 del Estatuto de Magisterio, a cuyo efecto, en el plazo de cinco días a contar de la publicación de esta Resolución, podrán formular instancia-declaración, similar a la de participación en el concursillo a plazas de más de 10.000 habitantes, ante la respectiva Dirección Territorial de Educación.
No se calificará servicio alguno, por el apartado a) del articulo 71 antes indicado, a los que por haber obtenido destino en concursos resueltos con posterioridad a 1986 accedan por primera vez a la localidad.
Los profesores de Preescolar tendrán el mismo tratamiento en su puntuación de los de nivel educativo de E.G.B., poro solamente son puntuables los servicios prestados en escuelas de esta especialidad.
VII. ANULACION DE DESTINOS.
En los casos en que hasta el 31 de agosto del año en curso, resultasen suprimidas unidades escolares previstas en estos concursos, o se hubiesen previsto "resultas inexistentes", se considerarán automáticamente anulados los nombramientos para una u otra; los profesores afectados continuarán al frente de las que venían desempañando como titulares definitivos, si las tenían y no han sido a su vez previstas en los concursos como 11 resultas", en cuyo caso obtendrán destino provisional en su provincia de procedencia o en la del destino anulado, a su elección; asimismo, quedarán automáticamente anulados los destinos erróneamente adjudicados a profesores que no cumplen los requisitos exigidos para la participación en estos concursos o no tengan los méritos suficientes para obtener plaza.
Por las Direcciones Territoriales a las que afecten la posible supresión o provisión de resulta inexistente se tomarán urgentemente las medidas conducentes a evitar desplazamientos innecesarios y gravosos a los profesores afectados, notificándolo con la máxima diligencia a los mismos si pertenecen a la propia provincia o, en otro caso, a través de la Dirección de origen.
VIII. POSESION.
La posesión de los destinos obtenidos en estos concursos tendrán lugar ante los organismos correspondientes el día que comience el curso escolar, con efectos del día 1 de septiembre del corriente año, realizándose el cese en los centros de procedencia con efectos del 31 de agosto.
Los profesores que no consuman la plaza obtenida en los concursos tomarán posesión de la misma en la fecha indicada anteriormente, ante la Dirección Territorial en que residen o en que prestan servicios, haciéndose constar en la diligencia la situación especial en que se hallen con respecto a la plaza alcanzada en aquéllos.
Asimismo, cuando coincidan dos nombramientos para un mismo profesor en concursos ordinarios y en plaza de régimen especial, podrán tomar posesión y cese de la primera en la Direccíón Territorial donde radique la Escuela de Régimen Especial. Este beneficio se hace extensivo a los profesores que se hallen sirviendo en escuela provisional por consorte en una localidad y que obtengan nueva vacante en localidad distinta.
En ambos casos los interesados deberán remitir, con la mayor urgencia, copia compulsada de la diligencia de posesión y cese en este centro,a la Dirección Territorial de la provincia a que pertenezca la escuela posesionada nominalmente.
Los profesores que voluntariamente han participado en los concursos y alcanzado plaza en los mismos, consumiéndola, cesarán en las escuelas que actualmente sirvan y en las circunstancias profesionales en que se hacen, a excepción de los casos señalados en el párrafo anterior; estando obligados a posesionarse del nuevo destino.
IX. DESPLAZAMIENTOS.
De acuerdo con los principios de economía, celeridad y eficacia, promulgados por el apartado primero del artículo 29 de la Ley de Procedimiento Administrativo, y por razones de agilidad en el servicio, los propietarios provisionales, cualquiera que sea el origen de su nombramiento, así como los interinos, se considerarán desplazados en sus actuales destinos, siempre que los mismos se provean en propiedad definitiva en la Resolución de los diversos concursos.
PEREZ SANCHEZ MARIA DOLORES LISTA:85206261 DEST.ANT.PROV.: ANTIGUA LAS PALMAS
PUNTOS: 0,000 PRO:SS NUM, NRP:4365944324AO5l7 DESTINO: ANTIGUA LAS PALMAS
AUÑON ESLAVA LUIS MIGUEL LISTA:85206321 DEST.,kNT.PROV.: VALLEHERMOSO TENERIFE
PUNTOS: 0,000 PRO:85 NUM. NRP: 4559556l3AO5l7 DESTINO: SAN JOSE TENERIFE
RIIIZ TORTBIO MARIA TERESA LISTA:85206339 DEST.ANT.PROV.: VALLEHERMOSO ( LA GOMERA) TENERIFE
PUNTOS: 0,000 PRO:85 NUM. NRP:1081101335AO5l7 DESTINO: TAHICHE LAS PALMAS
PEREZ PEREZ JORGINA LISTA:85206387 DEST.ANT.PROV.: GRAN TARAJAL LAS PALMAS
PUNTOS: 0,000 PRO:85 NUM. NRP:4279287O57AD5l7 DESTINO: JIMANAR LAS PALMAS
AFONSO AFONSO ANA MARIA LISTA:85206465 DEST.ANT.PROV.: AGULO -GDMERA- TENERIFE
PUNTOS: 0,000 PRO:85 NUM. NRP:420423O2l3AO5l7 DESTINO: ROQUE, EL TENERIFE
VILLANUEVA ESCUREDO MARIA ANGELES LISTA:85206503 DEST.ANT.PROV.: SAN CARTOLOME LANZAROTE LAS PALMAS
PUNTOS: 0,000 PRC:85 NUM. NRA:2293545324Ao5l7 DESTINO: SAN BARTOLOME LAS PALMAS
CASTELLANO DIAZ MARIA DEL CARMEN LISTA:85206554 DEST.ANT.PROV.: EL TABLERO LAS PALMAS
PUNTOS: 0,000 PRO:85 NUM. NRP:7846263bO2AO5l7 DESTINO: ARUCAS LAS PALMAS
ACEDO MOLINA MARIA ANGELES ANGELINES LISTA:85206593 DEST.ANT.PROV.: C.P.ARONA -CASCO- TENERIFE
PUNTOS: 0,000 PRO:85 NUM. NRP: 674436O2AO5l7 DESTINO: ADEJE TENERIFE
SUAREZ SANCHEZ LUZ ESTHER LISTA:85206618 DEST.ANT.PROV.: SAN BARTOLOME DE LANZAROTE LAS PALMAS
PUNTOS: 0,000 PRO:85 NUM. NRP:4364441257Ao5l7 DESTINO: JINAMAR LAS PALMAS
GONZALEZ PEREZ MARIA DEL CARMEN LISTA;85206657 DEST.ANT.PROV.: GRANADILLA TENERIFE
PUNTOS: 0.000 PRO:85 NUM. NRP:78375479D2AO5l7 DESTINO: ARMEÑIME TENERIFE
GASCON DEL-VALLE MARIA MERCEDES LISTA:85206675 DEST.ANT.PROV.: GRAN TARAJAL LAS PALMAS
PUNTOS: 0,000 PRO:BS NUM. NRP:1223023868AO5l7 DESTINO: TELDE LAS PALMAS
CABRERA HERNANDEZ BLANCA ROSA LISTA:85206683 DEST.ANT.PROV.: TIGADAY TENERIFE
PUNTOS: 0.000 PRO:85 NUM. NRP:436032lll3AO5l7 DESTINO: PLAYA SAN JUAN TENERIFE
SINUES SOLSONA MARIA ANGELES LISTA:85206684 DEST.ANT.PROV.: FRANCESES-GARAFIA TENERIFE
PUNTOS: 0,000 PRO:85 NUM. NRP:1786096757AO5!7 DESTINO: PLAYA SAN JUAN TENERIFE
MARTINEZ VALDIVIELSO MARIA D LISTA:85206691 DEST.ANT.PROV.: LAS PALMAS GC LAS PALMAS
PUNTOS: 0,000 PRO:SS NUM. NRP:4272O385l3Ao5l7 DESTINO: CALERO EL LAS PALMAS
GODOY VIERA PETRA LISTA:85206889 DEST.ANT.PROV.: ARRECIFE LAS PALMAS
PUNTOS: 0,000 PRO:85 NUM. NRP:4278698535AQ5l7 DESTINO: ARRECIFE LAS PALMAS
SANTANA SANCHEZ CARMEN ROSA LISTA:85207047 DEST.ANT.PROV.: TAHICHE LAS PALMAS
PUNTOS: 0,000 PRO:85 NUM. NRP:428047664E.A0517 DESTINO: ARUCAS LAS PALMAS
RODRIGUEZ BARRIOS MARIA BELEN LISTA:85207086 DEST.ANT.PRDV.: TACORONTE TENERIFE
PUNTOS: 0,000 PRO:85 NUM. NRP:43607838l3AO5l7 DESTINO: PLAYA SAN JUAN TENERIFE
DELGADO RODRIGUEZ JGSEFINA LISTA:85207215 DEST.ANT.PROV.: VALLE DE GUERRA TENERIFE
PUNTOS: 0,000 PRO:85 NUM. NRP:4207296D68AO5l7 DESTINO: CLJESTA LA TENERIFE
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