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BOC Nº 066. Lunes 25 de Mayo de 1987 - 635

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria y Energía

635 - DECRETO 86/1987, de 21 de mayo, por el que se declaran de urgente ocupación los bienes y derechos necesarios para el establecimiento de la ampliación de la Central Térmica en Punta Grande,Arrecife (Lanzarote).

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Examinado el expediente tramitado a instancias de la Compañía Unión Eléctrica de Canarias, S.A., para solicitar la concesión de los beneficios de expropiación forzosa y la declaración de urgente ocupación de los terrenos necesarios para el establecimiento de la ampliación de la Central Térmica de Punta Grande, término municipal de Arrecife, en la isla de Lanzarote, consistente en la instalación de un grupo de 15 MW de potencia nominal, habiendo sido formulada dicha solicitud a los electos de lo establecido en el artículo 31 del Reglamento de la Ley 10/66, de 10 de marzo, aprobado por el Decreto n° 2619/66 de 20 de octubre, sobre Expropiación Forzosa y Sanciones en materia de instalaciones eléctricas.

Teniendo en cuenta que se acreditan en dicho expediente los requisitos exigidos para aprobar tal declaración, a saber:

l°. El establecimiento de la citada ampliación dc la Central Térmica fue declarada de utilidad pública en concreto, mediante Resolución de la Consejería de Industria de 7 de abril de 1986.

2°. Se ha oída a los titulares de los bienes y derechos afectados, habiendo sido evacuado este trámite por el sometimiento a información pública y notificación individual a los interesados.

3°. Se han justificado por el peticionario UNELCO, S.A., las circunstancias que hacen necesarias la concesión de los beneficios de expropiación forzosa y la declaración de urgente acupación de los bienes y derechos afectados por la ampliación de la Central térmica objeto del expediente, en el destino de la misma a garantizar y satisfacer la creciente demanda de energía eléctrica de la isla de Lanzarote y del sistema Fuerteventura-Lanzarote.

Visto el artículo 11 de la Ley 10/1986, de 18 de marzo sobre Expropiación Forzosa y Servidumbre de paso en materia de energía eléctrica, los artículos 31 y siguientes del Reglamento sobre Expropiaciones Forzosa y Sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aprobado por Decreto n° 2619/66, de 20 de octubre, a propuesta del Consejero de Industria y Energía y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 21 de mayo de 1987.

SE ACUERDA

Declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para el establecimiento de la ampliación de la Central Térmica de UNELCO, S.A., en Punta Grande termino municipal de Arrecife, en la isla de Lanzarote, consistente en la instalación de un grupo de 15 MW de potencia nominal, con los efectos previstos en el art°. 11 de la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre Expropiación Forzosa y Servidumbres de paso para instalaciones de energía eléctrica, y 31 de su Reglamento.

Los bienes y derechos cuya urgente ocupación se declara, quedan descritos, en forma individualizada y con indicación de sus titulares en el anexo al presente Decreto, pudiendo los interesados formular ante el organismo expropiante, y hasta el momento del levantamiento de las correspondientes actas, las alegaciones encaminadas únicamente a subsanar posibles errores que se han padecido al relacionar los bienes afectados.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de mayo de 1987.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Jerónimo Saavedra Acevedo.

EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y ENERGIA, Juan Alberto Martín Martín.

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