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BOC Nº 066. Lunes 25 de Mayo de 1987 - 628

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación

628 - RESOLUCION de 2 de mayo de 1987, de la Dirección General de Personal, por la que se convoca concurso público para cubrir en régimen de Comisión de Servicio plazas vacantes para el curso 1987-88 en Centros de Bachillerato, que imparten el Area Tecnológica del Bachillerato Experimental.

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De conformidad con lo establecido en la Orden de 1 6 de mayo dc 1986 de la Consejería de Educación (B.O.C.A.C. del 26) y existiendo vacantes en determinados Centros de Bachillerato.

Esta Dirección General resuelve convocar concurso público para cubrir en régimen de Comisión de Servicio plaza,, vacantes para el curso 1987-88 en Centros de Bachillerato dependientes de la Consejería de Educación que imparten el Arca Tecnológica del Bachillerato Experimental, con arreglo a las siguientes bases:

1.- Requisitos que deben reunir los aspirantes.

Podrán participar en la presente convocatoria los funcionarios de carrera docente en activo con destino para el curso 1987-88 en Centros dependientes de la Consejería que, perteneciendo a los Cuerpos de Profesores Numerarios y Maestros de Taller de Escuelas de Maestría Industrial en las Ramas de Electricidad y Electrónica, Metal, Química, Delineación, Automoción, Imagen y Sonido y Administrativa y Comercial, deseen solicitar alguna de las plazas ofertadas en Comisión de Servicio o prorrogar la concesión que actualmente disfruten en el curso 1986-87.

2.- Modelo de solicitud y documentación a presentar.

2.I. Los aspirantes presentarán instancia, conforme al modelo que se acompaña en cl anexo I, relacionando, por orden de preferencia, los centros citados en la base 3 de la presente Resolución, junto con la documentación acreditativa dc los méritos alegados según el Baremo del anexo 11. Dicha instancia deberá contener el visto bueno del Director en cuyo centro tenga destino el solicitante durante el curso 1986-87. Los méritos alegados se acreditarán mediante el Título Administrativo, certificados expedidos por Organismos Oficiales o fotocopias compulsadas de los mismos; para las publicaciones deberán presentarse los originales correspondientes.

2.2. Todos los aspirantes deberán adjuntar a la solicitud un Proyecto que recoja la Programación del Arca Tecnológica en el primer ciclo de Enseñanzas Medias, en el que se contemple el desarrollo de una Unidad Didáctica, a su elección, especificando metodología, actividades, evaluación, y aspectos que se deseen potenciar en el alumno.

3.- Centros para los que se convocan plazas.

Los Centros para los que se convocan plazas a cubrir en régimen de Comisión de Servicio son los siguientes:

I.B. "Poeta Viana" (Santa Cruz de Tenerife) (Tencrife). I.B. "San Benito" (La Laguna) (Tenerife). I.B. "Pérez Galdós" (Las Palmas de G.C.) (Gran Canaria). I.B. "Tomás Morales" (Las Palmas de G.C.) (Gran Canaria). I.B. "Blas Cabrera Felipe" (Arrecife) (Lanzarote). Ext. I.B. "Haría" (Haría) (Lanzarote).

4.- Ramas para las que se convocan plazas.

Las ramas para las que se convocan plazas en los centros citados en la base 3 son las siguientes:

Electricidad y Electrónica, Metal, Química, Delineación, Automoción, Imagen y Sonido y Administrativa y Comercial.

5.- Lugar de presentación de las solicitudes. La instancia, dirigida al Director General de Personal, se presentará, junto con la documentación correspondiente, en las Direcciones Territoriales u Oficinas Insulares de la Consejería de Educación.

6.- Plazo para la presentación de las solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín oficina de Canarias.

7.- Listas provisionales.

En un plazo no superior a 15 días desde la finalización del de presentación de solicitudes la Dirección General de Personal hará públicas las listas provisionales de admitidos y excluidos, confeccionadas por orden de puntuación, en las Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares de la Consejería de Educación.

8.- Plazo de reclamaciones.

Publicadas las listas provisionales se podrán presentar reclamaciones en el plazo de cinco días hábiles; las reclamaciones deberán presentarse en las Direcciones Territoriales u Oficinas Insulares de la Consejería de Educación.

9.- Lista definitiva.

La lista definitiva de los aspirantes admitidos, confeccionada por orden de puntuación, se hará pública en las Direcciones territoriales y Oficinas Insulares de la Consejería de Educación.

10.- Criterios para la elaboración de las listas.

10.1. Las listas se elaborarán atendiendo exclusivamente a los méritos contemplados en el baremo del anexo 11 dc la presente Resolución.

10.2. La Dirección General de Ordenación Educativa designará una Comisión Evaluadora constituida por el Jefe de Servicio de Reforma de Enseñanzas Medias, dos Directores de Centros donde se imparta el Bachillerato Experimental y dos Profesores Coordinadores dcl Bachillerato Experimental. Dicha Comisión elevará propuesta de nombramiento de los aspirantes admitidos a la Dirección General de Personal.

1 1.- Adjudicación provisional de las plazas.

1 1.1. Una vez determinadas las vacantes de los Centros citados en la base 3 de la presente Resolución, se procederá a su adjudicación provisional, conforme a la lista definitiva referida en la base 9, publicándose dicha adjudicación en las Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares de la Consejería de Educación.

11.2. Los Profesores que participen en vanas convocatorias y obtengan dos o más plazas deberán optar por- una de ellas en el plazo de cinco días hábiles; transcurrido dicho plazo sin comunicar su opción, la Dirección General de Personal les asignará destino en Comisión de Servicio en cualquiera de las plazas obtenidas.

12.- Adjudicación definitiva de las plazas.

Una vez publicada la adjudicación definitiva en las Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares de la Consejería de Educación, en ningún caso se aceptará la renuncia a la plaza obtenida, quedando el Profesor adscrito en Comisión de Servicio al Centro para el que haya sido nombrado. Posteriormente, la Dirección General de Personal remitirá la Resolución de la adjudicación definitiva de las plazas convocadas al Boletín Oficial de Canarias para su publicación.

13.- Criterios para la adjudicación de las plazas.

La adjudicación de las plazas vacantes se realizará atendiendo al orden de puntuación recogido en la lista definitiva de aspirantes admitidos, concediéndose prioridad a quienes deseen prorrogar la concesión que disfrutan en el curso 1986-87, siempre que el Servicio de Reforma Educativa informe positivamente sobre la labor docente realizada.

14.- Plazo de toma de posesión.

14.I. La toma de posesión en el centro de destino en Comisión de Servicio se llevará a cabo el día 14 de septiembre de 1987, considerándose indispensable la diligencia de la concesión de la misma en el Título Administrativo del interesado. Para las adjudicaciones posteriores a dicha fecha, el plazo será de cinco días hábiles a partir de su publicación en las Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares de la Consejería de Educación.

14.2. La Dirección General de Personal enviará copia de la Resolución concediendo la plaza en Comisión de Servicio al interesado, al centro de su destino definitivo, al centro donde ocupe plaza en Comisión de Servicio y a la Dirección Territorial correspondiente. Los Directores de los centros afectados no podrán admitir Profesores en Comisión de Servicio, si no tienen constancia oficial de su concesión.

15.- Plazo de vigencia de la Comisión de Servicio.

El nombramiento en Comisión de Servicio será efectivo para el curso académico 1987-88, pudiendo prorrogarse por un curso más, siempre que el interesado participe en el concurso siguiente y exista vacante de dicha asignatura en el mismo centro. En cualquier caso, la prórroga de la Comisión de Servicio quedará supeditada al Informe que emita el Servicio de Reforma Educativa sobra la labor docente realizada. 16.- Modificaciones de los plazos.

La Dirección General de Personal podrá modificar los plazos fijados en la presente Resolución, anunciándolo previamente en las Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares de la Consejería de Educación. 17.- Interpretación de la presente Resolución.

Corresponde a la Dirección General de Personal resolver cualquier duda o reclamación planteadas acerca de la interpretación de la presente Resolución.

18.- Recurso de Reposición.

Contra esta Resolución y sus bases, podrán los interesados interponer recurso de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de mayo de 1987. El Director General de Personal, Cristóbal García del Rosario.

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