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Al personal contratado en régimen de Derecho Administrativo, de colaboración t, temporal, les fue prorrogado, por el Decreto 201/1983, de 14 de abril, su contrato hasta que se desarrollasen las bases del régimen estatutario de los funcionarios de las Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 149, 1-18 de la Constitución y el Régimen Estatutario de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, previsto en el artículo 32,2 del Estatuto de Autonomía y se establecieran las formas de acceso a la condición de funcionario de carrera de la Comunidad Autónoma de Canarias. Regulada la Función Pública de Canarias por la Ley 2/1987, de 30 de marzo, en su Disposición Transitoria Novena, punto segundo, contempla la posibilidad de que el personal en régimen de contratación administrativa temporal, afectado por el Decreto 201/1983, así como otro personal que recoge la citada Disposición Transitoria, punto segundo, pueden acceder a la condición de funcionarios de carrera en virtud de pruebas selectivas específicas. El Gobierno haciendo uso de esa posibilidad, convoca pruebas selectivas específicas de acceso a la condición de funcionario de carrera para el personal a que se refiere la Disposición Transitoria Novena, punto segundo, de la Ley Territorial 2/1987, y que estén ocupando puestos de trabajo del Grupo D, Cuerpo Auxiliar.
En su virtud, a propuesta del Consejero de la Presidencia, previa deliberación del Gobierno en su sesión del día 24 de abril de 1987.
DISPONGO Artículo único. - I. Se convocan pruebas selectivas específicas de acceso a la condición de funcionario de carrera para el personal comprendido en la Disposición Transitoria Novena, punto segundo, de la Ley Territorial 2/1987, que desempeñen puestos de trabajo del Cuerpo Auxiliar, Grupo D.
2. Las pruebas se realizarán con sujeción a las bases que figuran como Anexo a este Decreto.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de abril de 1987.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Jerónimo Saavedra Acevedo.
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Manuel Alvarez de la Rosa.
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