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En uso de la autorización contenida en el artículo 34.3 de la Ley 8/86 de 18 de noviembre de Régimen Jurídico de la Administración Pública Canaria, en relación con el artículo 49.3 de la Ley 7/84 de 11 de diciembre de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y al objeto de lograr una mayor agilización en los asuntos de la Dirección General del Medio Ambiente,
DISPONGO Artículo 1.- Delegar en el Director General de Medio Ambiente la facultad de contratar obras y suministros que la legíslacíón vigente atribuye al titular de esta Consejería para el programa:
093 (Medio Ambiente).
Artículo 2.- Delegar asimismo en el Director General de Medio Ambiente la facultad de disponer los gastos hasta 10.000.000 de pesetas para el programa:
093 (Medio Ambiente).
Artículo 3.- La Delegación de facultades a que se refiere la presente Orden se entiende sin perjuicio de las potestades de revocación y evocación por parte del Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial, en cuantos expedientes considere oportunos.
DISPOSICION FINAL La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 12 de marzo de 1987.-
EL CONSEJERO DE POLITICA TERRITORIAL, Javier Domínguez Anadón.
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