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Por Don Severiano Rodríguez Méndez, vecino de Tegueste (Tenerife), fue solicitado el deslinde del cauce público del "Barranco de Los Nuñez", en el tramo que linda con una vivienda de su propiedad ubicada en "Pedro Alvarez," de dicho termino municipal.
Efectuado el amojonamiento definitivo a que se refiere el Art. 7 de la Real Orden de 9 de junio de 1886, se pone en conocimiento general por medio del presente anuncio para que, a tenor de lo prescrito en el Art. 9 de la citada Real Orden, puedan presentarse en esta Jefatura (Edf. de Servicios Múltiples - Planta 911 - C/ La Marina, s/n) las reclamaciones que los interesados estimen oportuno formular, abriéndose para ello un plazo de TREINTA (30) DIAS NATURALES contados a partir del de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, durante el cual se encontrarán de manifiesto en estas oficinas los documentos relativos al deslinde de que se trata.
Santa Cruz de Tenerife, 4 de marzo de 1987.- El Jefe Accidental del Servicio Hidráulico, Emilio Alsina Pérez.
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