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BOC Nº 031. Viernes 13 de Marzo de 1987 - 302

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria y Energía

302 - ORDEN de 27 de febrero de 1987 por la que se aprueban las bases del concurso para el otorgamiento de ayudas económicas de formación e iniciación en el sector artesanal.

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Asumidas por la Consejera de Industria y Energía, por Decreto 247/85 de 18 de julio, las funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma en materia de artesanía, se hace preciso establecer una línea de trabajo que regule el procedimiento para el acceso a la financiación, subvención y estímulo al sector artesano. Dentro de las estipulaciones contenidas en el Acuerdo Económico y Social (AES), destaca el que el fondo de solidaridad está orientado a los siguientes programas:

- Formacion y orientacion profesional. - Integraciones socio-profesionales.

Teniendo en cuenta la situación actual de Canarias y del sector artesano, esta Consejera se ha planteado los siguientes objetivos en aras del fomento del empleo:

a) Mantener y asegurar la pervivencia de los oficios y artesanías que por su tradición o calidad singular se consideren como partes integrantes del patrimonio artístico y cultural.

b) Formar maestros artesanos y mano de obra vinculada a las unidades productivas.

c) Facilitar la integración a los oficios artesanos, dedicando particular atención a la promoción artesana en el medio rural y en áreas nuevas.

En este sentido, de los estudios y análisis del sector artesanal, se deduce la necesidad de una apoyatura en la creación y potenciación de Talleres Artesanos y la cooperación del fondo de solidaridad en la dotación de ayudas económicas a maestros-artesanos y aprendices puede ser primordial para la promoción del sector y la creación de empleo para jóvenes trabajadores preferentemente en paro y menores de 26 años, al facilitar el logro de los objetivos antes mencionados.

En su virtud, a propuesta del Director General de Industria,

DISPONGO Articulo único.- Se aprueban las bases del concurso para el otorgamiento de ayudas económicas de formación e iniciación en el sector artesanal que se adjuntan como anexo a la presente Orden.

DISPOSICION FINAL. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de febrero de 1987.

EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y ENERGIA, Juan Alberto Martín Martín.

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