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BOC Nº 025. Viernes 27 de Febrero de 1987 - 236

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria y Energía

236 - ORDEN de 16 de febrero de 1987, por la que se convocan ayudas a los Ayuntamientos para ahorro de energía y reducción de contaminación.

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Entre los objetivos de la Consejera de Industria y Energía, en materia de energía, figuran la reducción del consumo mediante aplicación de tecnologías mas eficientes y la mejora de la calidad de vida en general a través de actuaciones encaminadas a la reducción de la contaminación ambiental.

Con el fin de intentar alcanzar los objetivos citados, es intención de la Administración proporcionar ayudas a los Ayuntamientos que lo soliciten para la realización de Estudios o Proyectos en este campo.

En su virtud, a propuesta del Director General de Política Energética.

DISPONGO Artículo 1°.- Se convocan ayudas para la realización de Estudios o Proyectos de ahorro de energía o reducción de contaminación ambiental.

Artículo 2°.- Podrán solicitar estas ayudas los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias previo Acuerdo Plenario.

Artículo 3°,.- Entre los trabajos que pueden subvencionares figuran los siguientes, sin que esta relación se considere excluyente:

1. Reducción de consumo eléctrico en alumbrados.

- Reducción del consumo de energía reactiva en instalaciones en general.

- Reducción de pérdidas de calor por aislamientos.

- Utilización de energías renovables, siempre que la aplicación prevista no tenga otra línea específica de ayudas.

- En general, cualquiera que produzca ahorro de energía.

2.- Reducción de ruidos.

- Reducción de humos de vehículos.

- En general, cualquiera que produzca una reducción de la contaminación ambiental.

Artículo 4°.- Junto a la solicitud a presenta por los Ayuntamientos se acompañará una Memoria que incluirá como mínimo:

- Descripción del trabajo.

- Emplazamiento.

- Inversión prevista y medios de financiación.

- Consumos actuales de energía y ahorros previstos.

- En el caso de proyectos para reducción de contaminación, niveles actuales de la misma y previsiones de reducción.

En caso de que sea reglamentariamente exigible un proyecto, éste deberá ser aportado por el Ayuntamiento.

Artículo 5°.- El plazo de presentación de solicitudes finaliza al mes de la entrada en vigor de esta Orden, debiendo ser remitidas las mismas a la Dirección General de Política Energética, sito en C/ Pérez Galdos n° 20-3°, en Santa Cruz de Tenerife, y C/ Francisco Gourié n° 65 , en Las Palmas de Gran Canaria.

Artículo 6°.- La Consejería firmara un convenio con cada Ayuntamiento afectado, en el que se establecerá la forma de pago de la ayuda, y en su caso, el compromiso del Ayuntamiento de hacerse cargo del mantenimiento de las instalaciones y/o equipos objeto del convenio, así como de enviar informacion periódica a la Consejeria sobre los resultados de los trabajos.

Artículo 7°.- Las ayudas oscilarán entre el 30 y 31 90% del total de la inversión prevista, según la escala siguiente: - Municipios de menos de 5.(X)O habitantes: 90%. - Municipios de entre 5.000 y 10.000 habitantes: 70%.

- Municipios de entre 10.000 y 20.000 habitantes: 50%.- Municipios de más de 20.000 habitantes: 30%.

Articulo 8°.- La concesión de ayudas se acordará por el Consejero de Industria y Energía a propuesta del Director General de Política Energética y dentro de los límites del presupuesto de gastos de la Consejería que asciende a veinte millones de pesetas (20.000.000 ptas.).

Artículo 9°.- En lo no regulado por la presente Orden se estará a lo establecido con carácter general en la normativa autonómica reguladora de subvenciones y en particular al Decreto 200/85, de 13 de junio, por el que se regula el régimen de concesión de subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.

DISPOSICI N FINAL PRIMERA.- La Direccion General de Política Energética adoptará las medidas necesarias para dar cumplimiento a la presente Orden.

DISPOSICI N FINAL SEGUNDA.- Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de febrero de 1987.

EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y ENERG A, Juan Alberto Martín Martín.

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