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1987/004 - Viernes 09 de Enero de 1987

I. DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Obras Públicas

Regresar al sumario 14 ORDEN de 22 de diciembre de 1986, por la que se delegan determinadas atribuciones en materia de gestión del Patrimonio en el Director General de Arquitectura y Vivienda.

El Decreto 68/1986, de 18 de abril, por el que se regula la estructura y funciones de la Consejería de Obras Públicas reserva a este Departamento las competencias necesarias para la gestión y administración del patrimonio de viviendas, encomendando a su titular la generalidad de las funciones previstas y atribuyendo sin embargo al Director General de Arquitectura y Vivienda, el desempeño de aquéllas otras que dan lugar a un cúmulo constante y creciente de actos y negocios jurídicos.

El esquema anterior de división de tareas puede quedar colapsado si no se da una respuesta administrativa ágil a la proliferación de operaciones de Hipoteca, retracto y tanteo que se detectan en el tráfico inmobíliario que son objeto las viviendas promovidas por la Comunidad Autónoma.

En su virtud,

RESUELVO

19.- Delegaran el Director General de Arquitectura y Vivienda, las competencias para la constitución y cancelación de hipotecas de viviendas adjudicadas en régimen de venta, y el ejercicio de los derechos de tanteo y retracto sobre viviendas y locales de promoción pública.

29.- Los actos acordados en virtud de la presente delegación tendrán la consideración que les correspondería de haber sido emanados por esta Consejeria, incluso en lo relativo al régimen de recurso aplicables.

3".- En la constatación formal de los acuerdos dictados al amparo de esta delegación se hará expresa mención de esta circunstancia.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de diciembre de 1986.

EL CONSEJERO DE OBRAS PUBLICAS,

José Medina Jiménez.

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