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Lo que se hace público para que las personas o entidades afectadas por dicho deslinde, presenten, en este Servicio Hidráulico, en el plazo de TREINTA (30) DIAS NATURALES, contados desde la fecha de publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias, los documentos que prueben que sus terrenos son con el referido cauce en la zona de que se trate y formulen, en su caso, las restructuraciones que estimen pertinentes, en relación con la naturaleza pública o privada deleitado cauce, ala vista de los cuales se anunciará oportunamente la fecha en que se llevará a efecto el deslinde provisional, de acuerdo con lo que prescribe la Real Orden de 9 de julio de 1886.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de noviembre de 1986. El Jefe Accidental del Servicio Hidráulico, Emilio Alsina Pérez.
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