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BOC Nº 144. Lunes 1 de Diciembre de 1986 - 1294

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria y Energía

1294 - ORDEN de 4 de noviembre de 1986 por la que se declara la caducidad de la autorización de explotación de la cantera «Las Mesetas», sita en el pago de La Higuera Canaria, dentro del término municipal de Telde, en Gran Canaria.

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Resultando que por la Dirección General de Política Energética se eleva propuesta de caducidad que tiene por objeto la autorización de explotación del recurso de la Sección A), arenas volcánicas, en «Las Mesetas», sita en el pago de la Higuera Canaria, dentro del término municipal de Telde, en Gran Canaria, autorizada por la entonces Delegación Provincial de Industria y Energía en Las Palmas de Gran Canaria bajo el Expediente n° 234, a favor de doña Ma del Carmen y doña Luisa Ma Morales Lucena con fecha 12 de mayo de 1982.

Resultando que la autorización de explotación cuya caducidad ahora se insta fue otorgada, en su momento, para la fabricación de hormigones ligeros con vigencia hasta el 7 de mayo del año 2.002.

Resultando, no obstante, que en la autorización de explotación y en la resolución de la Dirección Provincial de 12 de mayo de 1982, se establecía como condiciones, como no podía ser menos, el que en la ejecución de las labores mineras se seguirían las disposiciones vigentes.

Resultando que consta en el expediente que los titulares de la autorización a la reclamación de los datos estadísticos y Planes de Labores por parte de los Servicios Territoriales de la Consejeria manifestaron que no podían presentarlos por no haber comenzado la extracción.

Resultando, a mayor abundamiento, que por el Servicio de Minas de la Dirección Territorial de la Consejería en Las Palmas de Gran Canaria se procedió a realizar visita de Policía Minera Extraordinaria, levantándose la correspondiente Acta con fecha 18 de agosto de 1986 en la cual consta de forma fehaciente que en tal día aún no se había realizado ningún tipo de trabajo para la puesta en explotación del yacimiento.

Considerando que la competencia para declarar la caducidad en materia de minería corresponde a esta Consejería en virtud de lo dispuesto en el Apartado B), epígrafe III, c) del Real Decreto n° 2.091/84, de 26 cle septiembre, sobre transferenciais a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de Industria, Energía y Minas, y disposiciones concordantes.

Considerando el art. 88 de la Ley de Minas, de 21 de julio de 1973, y que los titulares de la autorización a que se refiere la presente Resoitición han infringido lo dispuesto en los arts. 106 apartado c), d) y g), al no comenzar los trabajos dentro del plazo de seis meses desde el otorgamiento de la autorización y mantener paralizada la explotación, así como teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. III, ambos del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/78, de 25 de agosto.

Considerando lo dispuesto en el art. 29 apartados y g) del Decreto 333/85, de 11 de septiembre, por el que se aprueba la estructura Org nica de la Consejería de Industria y Energía y se distribuyen funciones entre sus órganos.

En su virtud,

RESUELVO Declarar la caducidad de la Autorización de Explotación del recurso de la Sección A) «arenas volcánicas», acogido al Expediente n° 234, consistente en la cantera denominada «Piconera Las Mesetas», sita en el pago de Higuera Canaria, del término municipal de Telde, en Gran Canaria.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer Recurso de Reposición, con car cter potestativo, en el plazo de UN MES a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias y contra su desestimación cabe interponer Recurso Contencioso - Administrativo ante dicha Jurisdicción en el plazo de DOS MESES a partir de la notificación de la desestimación del Recurso de Reposición, si éste fuera expreso, o UN AÑO si fuera por silencio administrativo negativo, en virtud de lo dispuesto en los artículos 52 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de noviembre de 1986.

EL CONSEJERO DE INDUSTRIA y ENERGIA, Juan Alberto Martín Martín.

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