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Advertidas omisiones en la citada Orden publicada en el B.O.C.A.C. n° 133 de 5 de noviembre de 1986, procede incluir al final de la misma., en la pagina 3.160:
Para quienes obtengan estos destinos con servicios definitivos en la especialidad apartado a) del numero doce este nombramiento ser asimismo definitivo. Con este mismo carácter se otorgar n las plazas de los concursantes que en la fecha de posesión de la vacante adjudicada hayan cumplido los dos cursos de temporalidad, siempre que no exista propuesta de baja conforme a lo prevenido en el articulo l° de la Orden Ministerial de 9 de diciembre de 1972 (Boletín Oficial de 10 de enero siguiente).
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