Estás en:
VISTO el texto del Convenio Colectivo para el personal laboral adscrito a la Dirección General de Salud Pública y Direcciones Territoriales de Salud, suscrito por las representaciones de la Consejeria de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social y del citado personal y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, números 2 y 3, de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, y en los Reales Decretos 661/1984, de 25 de enero, y 1.033/1984, de 11 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de mediación, arbitraje Y conciliación, y en materia de trabajo, respectivamente, esta Dirección General
ACUERDA Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro Oficial de Convenios Colectivos, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.- Disponer el depósito del texto original.
Tercero.- Disponer, asimismo, su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife a, 9 de octubre de 1986.- El Director General de Trabajo, Pedro Afonso Afonso.
© Gobierno de Canarias