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Dicho Convenio ha sido suscrito de conformidad con el artículo 3° del Decreto 738/84, de 23 de noviembre, sobre fomento de la ganaderia semiextensiva en Canarias y desarrollado por I, Orden de 18 de octubre de 1985 (B.O.C.A.C. de 25 de octubre).
En cumplimiento de los principios de publicidad, objetividad y concurrencia. se pone en conocimiento de todos los ganaderos que pudiesen estar interesados por los mismos, que un ejemplar del Convenio se encuentra a su disposición en la Dirección General de Producción Agraria de la Consejería de Agricultura, Ganadería Y Pesca y otro en el Excmo. Cabildo Insular.
Santa Cruz de Tenerife, 10 de octubre de 1986.- El Director General de Producción Agraria, Enrique Castañé Fernández.
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