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BOC Nº 108. Lunes 8 de Septiembre de 1986 - 979

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Trabajo Sanidad y Servicios Sociales

979 - ORDEN de 1 de agosto de 1986, por la que se adjudica destino en la Consejería de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social a los funcionarios que se citan.

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Convocado Concurso por Orden de la Consejería de la Presidencia de 12 de mayo de 1986 para proveer diferentes plazas vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Esta Consejería en virtud de lo establecido en la base sexta de la citada orden, acuerda:

PRIMERO: Adjudicar destino en las plazas y en las localidades que se indican, a los funcionarios relacionados en el Anexo a la presente Orden.

SEGUNDO: El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días si radica en la misma isla o de un mes, si radica en distinta isla o fuera del ámbito de la C.A.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del diá siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes a la publicación de la Resolución del Concurso. Si la RESOLUCI N COMPORTA EL reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde su publicación.

TERCERO: Si alguno de los funcionarios relacionados en el anexo, se encontrase disfrutando de su período de vacaciones reglamentario, el plazo anterior, empezará a computarse a partir de la incorporación al puesto de trabajo actual.

La coincidencia de las vacaciones con el plazo de toma de posesión deberá acreditarse documentalmente.

CUARTO: Las incidencias que se produzcan como consecuencia de la resolución del concurso serán resueltas por esta Consejería y comunicadas a la Dirección General de la Función Pública.

QUINTA: Declarar desierta el resto de las plazas vacantes convocadas y no adjudicadas en el anexo.

SEXTA: No podrá renunciarse a lo destinos adjudicados a tenor del art. 7 del Decreto 53/1986, de 4 de abril (B.O.C.A.C. n° 43.).

SEPTIMA: Contra esta Orden cabe interponer el recurso de reposición previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes.

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