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Dicho convenio ha sido suscrito de conformidad con el articulo 3º del Decreto 738/1984, de 23 de noviembre, sobre Comento de la ganadería semiextensiva en Canarias y desarrollado por la Orden de 18 de octubre de 1.985 (B.O.C.A.C. de 25 de octubre).
En cumplimiento de los principios de publicidad, operatividad y concurrencia. se pone en conocimiento de todos los ganaderos de la isla que pudiesen estar interesados por el mismo, que un ejemplar del convenio se encuentra a su disposición en la Dirección General de Producción Agraria de la Consejerìa de Agricultura, Ganadería y Pesca Y otro en el Excmo. Cabildo Insular de Fuerteventura.
Santa Cruz de Tencrife, 18 de julio de 1.986.- El Director General de Producción Agraria, Enrique Castañé Fernández.
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