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BOC Nº 087. Viernes 25 de Julio de 1986 - 861

IV. DISPOSICIONES DEL ESTADO - Ministerio de Economía y Hacienda

861 - ORDEN de 11 de iulio de 1986, sobre regulación a la importación de patata para consumo en las islas Canarias (B.O.E. n° 170, de 17 de julio de 1986).

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Ilustrísimo Sr.:

El Real Decreto 2648/1985, de 27 de diciembre, sometía las importaciones de patata para consumo en las islas Canarias al régimen de derechos compensatorios variables, establecido en el Decreto 3221/1972, de 23 de noviembre. A la vista de la evolución de la producción y las previsibles importaciones.

Este Ministerio tiene a bien disponer lo siguiente:

Primero.- Quedan sometidos a derechos compensatorios variables las importaciones en las islas Canarias de

patata para consumo en el periodo comprendido entre 1 de agosto y 30 de noviembre de 1986.

Segundo.- La cuantía de estos derechos será fijada periódicamente por el Ministerio de Economía y Hacienda, a propuesta de la Comisión interministerial Consultiva de Derechos Reguladores y Compensatorios Variables previo informe del Grupo Regional de la patata en Canarias.

Tercero.- Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V.I., para su conocimiento y efectos. Madrid, 11 de julio de 1986. SOLCHAGA CATALAN Istmo. Sr. Director General de Comercio Exterior.

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