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Regulados los Organos de Gobierno de las Residencias Escolares por Orden de 3 de junio de 1986, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma n° 69 de 13 de junio de 1986, esta Consejería ha acordado rectificar el texto de la Disposición Adicional de la citada Orden, que quedará redactado como se indica a continuación:
DISPOSICION ADICIONAL Los Directores de las Residencias Escolares ubicadas en los actuales Centros de Enseñanzas Integradas y en otros Centros docentes no universitarios coordinarán sus actuaciones con el Director del centro docente. En los casos de notoria incompatibilidad en el desarrollo de las actividades propias de ambos centros resolverá el Director Territorial correspondiente.
Santa Cruz de Tenerife, a 9 de julio de 1986.
EL CONSEJERO DE EDUCACION, Luis Balbuena Castellano.
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