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BOC Nº 085. Lunes 21 de Julio de 1986 - 845

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo y Transportes

845 - ORDEN de 30 de junio de 1986, sobre concesión de título-licencia de Agencia de Viajes del Grupo «A» a «Viajes Atlantic Holiday, S.A. », con el número de orden 1.436.

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Visto el expediente instruido con fecha 30 de julio de 1.985 a instancia de don Carmelo Mesa Luis en nombre y representación de «Viajes Atlantic Holiday, S.A.» en solicitud de concesión del oportuno título-licencia de Agencia de Viajes del Grupo «A» y

RESULTANDO que la solicitud de dicha Empresa se acompañó la documentación que previene el artículo 9º y concordantes del Reglamento aprobado por Orden Ministerial de 9 de agosto de 1.974, que regula el ejercicio de la actividad profesional que compete a las Agencias de Viajes y en el que se especifican los documentos que habrán de ser presentados juntamente con la solicitud de otorgamiento del título-licencia.

RESULTANDO que tramitado el oportuno expediente en la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, aparecen cumplidas las formalidades y justificados los extremos que se previenen en los artículos 10, 12 y 15 del expresado Reglamento.

CONSIDERANDO que en la Empresa solicitante concurren todas las condiciones exigidas por el Decreto 1.524/1973, de 7 de junio y Orden de 9 de agosto de 1.974, para la obtención del título-licencia de Agencia de Viajes del Grupo «A».

CONSEJERIA DE TRABAJO,SANIDAD Y SEGURIDAD SOCIAL

Esta CONSEJERIA DE TURISMO Y TRANSPORTES, en uso de las competencias que le confieren el artículo 7º del Estatuto Ordenador de las Empresas y de las Actividades Turísticas Privadas, aprobado por Decreto 231/1965, de 14 de enero, del Real Decreto 2.807/1983, de 5 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de turismo, el artículo 32, c) de la Ley l/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública del Gobierno de Canarias, y Decreto 26/1984, de 27 de enero, modificado por el 123/1985, de 19 de abril, sobre distribución de competencias en materia de turismo, ha resuelto:

Se concede el título-licencia de Agencia de Viajes del Grupo «A», a Viajes Atlantic Holiday, S.A., con el número 1.436 de orden y Casa Central en Urbanización Callao Salvaje, Edificio Atlantic Holiday Centre - Adeje, pudiendo ejercer su actividad mercantil a partir de la fecha de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias, con sujeción a los preceptos del Decreto 1524/73, de 7 de junio, Reglamento de 9 de agosto de 1.974 y demás disposiciones aplicables.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de junio de 1986.

LA CONSEJERA DE TURISMO y TRANSPORTE Mª Dolores Palliser Díaz

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