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BOC Nº 084. Viernes 18 de Julio de 1986 - 83

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de La Presidencia

83 - l DECRETO 122/1986, de 14 de julio, por el que se declaran de urgente ocupación los bienes y derechos afectados por las obras comprendidas en el proyecto de «Mercado del Agricultor en lcod de los Vinos» (Tenerife).

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Examinado el expediente tramitado, a instancias del Ayuntamiento de lcod de los Vinos, para la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras de «Mercado del agricultor en Icod de los Vinos».

Teniendo en cuenta que se acreditan en dicho expediente los requisitos exigidos para aprobar tal declaración; a saber:

I. La necesidad y urgencia en el destino al uso público de los bienes objeto del referido expediente, una vez ejecutadas las obras que se proyectan, así como en el inmediato beneficio que las mismas reportarán a los agricultores en explotaciones pequeñas y medianas permitiendo la transacción directa de productos agrícolas, la reducción de costes y precios, y una mejor verificación del control de calidad y garantía de salubridad pública por la administración municipal en el ejercicio de sus propias competencias.

2. La definición y situación de los terrenos y bienes afectados por las obras, según se señala en el expediente aportado por el Ayuntamiento, resulta idónea para el objeto que se pretende.

3. Se ha oído a los titulares de los bienes y derechos afectados por la expropiación por un plazo de quince días.

En el ejercicio de las competencias previstas en el apartado B,4,3 del anexo I del Real Decreto 2.613/1982, de 24 de julio, y los artículos 94.3 y 1 10 del Decreto del Gobierno de Canarias número 462/1985, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y artículo 56 de su Reglamento, a propuesta del Consejero de la Presidencia, y, previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 14 de julio de 1986,

SE ACUERDA: Declarar, a solicitud del Ayuntamiento de lcod de los Vinos (isla de Tenerife), la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras del proyecto de «MERCADO DEL AGRICULTOR EN ICOD DE LOS VINOS», con los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los terrenos cuya urgente ocupación se declara descritos en forma individualizada, con indicación de sus titulares, en el Anexo del presente Decreto.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria a 14 de julio de 1986.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Jerónimo Saavedra Acevedo.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Manuel Alvarez de la Rosa.

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