Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 079. Lunes 7 de Julio de 1986 - 778

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de La Presidencia

778 - RESOLUCION de 24 de junio de 1986, de la Dirección General de la Función Pública por la que se convoca Concurso - Oposición para cubrir vacantes de auxiliar en régimen de contratación laboral temporal en la Consejería de Educación.

Descargar en formato pdf

Vacantes 187 plazas de carácter laboral temporal en la Consejera de Educación, 45 con jornada de 20 horas semanales, esta Dirección General ha resuelto cubrir las vacantes con arreglo a las siguientes

BASES

PRIMERA.- Es objeto de la presente convocatoria la contratación laboral temporal, consumo sujeción al Real Decreto 1989/1984 de las siguientes plazas:

SEGUNDA.- Condiciones de los aspirantes:

a) Ser español.

b) Tener 18 años cumplidos.

c) Estar en posesión del Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

d) Figurar inscrito en las correspondientes oficinas de empleo, y reunir los requisitos del Real Decreto 1989/1984 de 17 de octubre en la fecha de la convocatoria.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las correspondientes funciones.

f) No haber sido separado por expediente disciplinario de alguna de las administraciones públicas.

TERCERA.- Instancias y Admisión:

Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas, según modelo oficial que se acompaña como Anexo 1, se presentarán, en el plazo de DIEZ DIAS naturales a partir del siguiente a aquél en que aparezca la convocatoria en el B.O.C.A.C., en el Registro de la Dirección General de la Función Pública (Edificio Hamilton, C/ La Marina, 7 - l' Santa Cruz de Tenerife) o en el Registro General de la Consejería de la Presidencia (Edificio Usos Múltiples 2a planta, c/ Arrieta s/n., en Las Palmas de Gran Canaria).

Igualmente podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 66 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo (correos) y en el Decreto 100/1985 de 19 de abril (B.O.C.A.C. n° 48 de 22 de abril).

Para acreditar su admisión los aspirantes habrán de presentar su D.N.I., copia de la correspondiente instancia registrada dentro del plazo de presentación.

CUARTA.- Tribunales:

A) TITULARES: PRESIDENTE: Dª ROSA Mª MARTINEZ CONDE. VOCALES: LUCIA SUAREZ GOMEZ (Función Pública).

2°. Dª CONCEPCION PIÑON GONZALEZ.

3°. TRIBUNAL GRAN CANARIA: Dª LIDIA IRIS PEREZ DENIS.

TRIBUNAL LANZAROTE: Dª JOAQUINA BETHENCOURT BORGES.

TRIBUNAL FUERTEVENTURA: D. RAFAEL BETANCOR HERNANDEZ.

TRIBUNAL TENERIFE: Dª ANTONIA MARGARITA DELGADO MARTIN.

TRIBUNAL LA GOMERA: D. MANUEL JUAN ARMAS HERRERA.

TRIBUNAL EL HIERRO: D. ENRIQUE ARMAS LIMA.

TRIBUNAL LA PALMA: D. GERMAN GONZALEZ GONZALEZ. SECRETARIO: Dª ANGELINES MERINO DIAZ. B) SUPLENTES: PRESIDENTE: D. MANUEL TEVAR GOMEZ.

VOCALES: D. LUIS CARLOS FALCON GARCIA (Función Pública).

2°. Mª DOLORES OLMO MILLAN.

3°. Dª Mª NIEVES DIAZ MARRERO.

SECRETARIO: D. CRESCENCIO HERNANDEZ DIAZ. QUINTA.- Fecha, hora y lugar de celebración de las pruebas.

Serán las que oportunamente se anuncien el B.O.C.A.C., con una antelación mínima de 5 días a su celebración.

SEXTA.- Sistema de selección.

FASE DE CONCURSO: Por cada mes de experiencia en puestos de trabajo similar ya sea en la Administración Pública o en la empresa privada, se concederá 0'10 puntos hasta un máximo de 2 puntos. La experiencia se acreditará mediante certificación bastante de la Administración Pública donde se realizaron los servicios o de la Empresa privada debiendo en este último caso hacer constar el tiempo de cotización a la Seguridad Social. Los méritos alegados para esta fase, se presentarán unidos a los ejercicios que se realicen en la fase de oposición. FASE DE OPOSICION: Primero.- Consistirá en la copia mecanográfica durante 10 minutos, de un texto que facilitará el Tribunal, a una velocidad mínima de 250 pulsaciones por minuto, para quienes utilicen máquina manual o 280 pulsaciones por minuto para quienes utilicen máquina eléctrica. Se apreciará la velocidad desarrollada, la limpieza y corrección del escrito y la exactitud de lo copiado.

Segundo.- Prueba psicotécnica y de cultura general.

Tercero.- Prueba práctica relacionada con las funciones a desarrollar donde se incluirán problemas de cálculo.

Las tres partes del ejercicio se calificarán de 0 a 10 puntos siendo necesario un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos para aprobar.

SEPTIMA.- La puntuación final será el resultado de la suma de las notas obtenidas en ambas fases.

OCTAVA.- Modalidad de contratación: Contrato temporal de 9 meses de duración.

NOVENA.- Retribuciones.

- Auxiliares jornada de 30 horas semanales 743.016 ptas., brutas anuales.

- Auxiliares con jornada de 20 horas semanales 495.341 ptas. brutas anuales.

DECIMA.- Relación de aprobados, presentación de documentos y formalización de contratos. Los Tribunales comunicarán a la Dirección General de la Función Pública la relación de aprobados y la adjudicación de plazas en función de la puntuación obtenida y la preferencia de los aspirantes, procediendo dicho Centro Directivo a la publicación en el B.O.C.A.C. En el plazo de CINCO DIAS, siguientes al de la publicación en el B.O.C.A.C., los aspirantes deberán presentar la documentación requerida en la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, la cual procederá a formalizar los contratos, dando seguidamente cumplimiento a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 63/1985.

DECIMO-PRIMERA.- Lista de Reserva.

Con aquellos aspirantes que, no obstante, hayan superado las pruebas, no obtengan plaza, se constituirá una lista de reserva para cubrir las vacantes de la Consejería de Educación cuya provisión se considere urgente en el plazo de un año.

DECIMO-SEGUNDA.- A efectos de cumplimentar la base anterior se constituirán tribunales para cada una de las siete islas, los aspirantes señalarán la isla donde deseen realizar las pruebas, adjudicándose las plazas en función de la isla elegida para presentarse.

DECIMO-TERCERA: - Las plazas reservadas a minusválidos, no se acumularán a las de libre provisión en caso de quedar vacantes.

La condición de minusválido se acredita mediante documentación expedida por órgano competente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

En Santa Cruz de Tenerife, a 26 de junio de 1986. La Directora General de la Función Pública, Margarita Santana Pérez.

© Gobierno de Canarias