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BOC Nº 072. Viernes 20 de Junio de 1986 - 712

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación

712 - ORDEN de 12 de junio de 1986 por la que se nombran los Tribunales que han de juzgar las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Profesores de Educación General Básica en el Concurso - Oposición convocado por Orden de 25 de marzo de 1986.

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En cumplimiento de lo señalado en la Orden de marzo de 1986 (Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias de 2 de abril), por la que se convoca Concurso - Oposición a ingreso en el Cuerpo de Profesores de Educación General Básica,

Esta Consejería ha dispuesto:

Primero.- Nombrar los Tribunales que figuran en el Anexo 1 de esta Orden, ante los .cuales han de actuar los opositores admitidos al Concurso - Oposición.

Los Tribunales se constituirán con anterioridad al día que se señale para la presentación de los opositores. A tal fin, cada Presidente convocará a todos los vocales, titulares y suplentes, de su Tribunal.

Para la constitución de los Tribunales será precisa la asistencia del Presidente Titular o, en su caso, del suplente, y cuatro Vocales, que serán los titulares o, en su defecto, los suplentes. La suplencia del Presidente se autorizará por la Dirección General de Personal, la de los Vocales, por el Presidente que haya de actuar, teniendo en cuenta que deberá recaer en el Vocal suplente respectivo.

Una vez constituido el Tribunal y comenzados los ejercicios, este podrá actuar hasta con tres de sus miembros titulares o suplentes indistintamente. A tal efecto, los Directores Territoriales de Educación, al momento de publicarse la presente Orden proveerán de las oportunas credenciales a los miembros titulares y suplentes de cada Tribunal, indicando a su Presidente la necesidad de constituir el mismo en la fecha que se señale.

Segundo.- Los aspirantes admitidos a la Reserva para interinos y contratados actuarán en el primer Tribunal del área por la que hayan accedido, y en la Provincia en la que hayan sido admitidos a las pruebas. Tercero.- El mismo día de comienzo de los ejercicios, todos los Tribunales comunicarán telegráficamente a la Dirección General de Personal, el número de opositores efectivamente presentados a actuar, indicando separadamente el número de presentados por modalidad de Libre y el número de presentados por modalidad de Reserva, en su caso.

Recibidos esos datos, las plazas anunciadas a proveer se distribuirán por la Dirección General de Personal entre los Tribunales, en proporción al número de aspirantes presentados a la realización del primer ejercicio.

Cuarto.- El comienzo de los ejercicios tendrá lugar, para todos los Tribunales que por la presente se nombran, el martes día uno de julio, a las nueve de la mañana.

El orden de actuación de los opositores en el ejercicio oral de la segunda fase será de acuerdo con el punto 7 de la Orden de 25 de marzo de 1986.

Quinto.- Cuando se dé el caso de imposibilidad material de efectuar en un sólo local y a una misma hora las pruebas simultáneas en este Concurso - Oposición, debido al elevado número de opositores que han de actuar, podrán efectuarse en grupos, en locales distintos, si bien habrán de actuar todos ellos a la misma hora en el día señalado al efecto.

Sexto.- Relacionar en Anexo 11 la adscripción de opositores al Tribunal respectivo en que deberán actuar.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de junio de 1986.

EL CONSEJERO DE EDUCACION, Luis Balbuena Castellano

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