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BOC Nº 071. Miércoles 18 de Junio de 1986 -

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Ganadería y Pesca

- ORDEN de 11 de junio de 1986, por la que se aprueba el anejo al Plan de Obras y Mejoras Territoriales (Quinta Fase), en varias zonas de ordenación de explotaciones de las Islas Canarias, Provincia de Las Palmas.

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En el artículo 29.3 del Estatuto de Autonomía de Canarias se atribuye a esta comunidad Autónoma, competencias exclusivas, legislativas y ejecutivas, en materia de agricultura, de acuerdo consumo la ordenación general de la economía estatal.

El apartado B) del Real Decreto 1937/1984, de 9 de octubre, establece que la Comunidad Autónoma de Canarias asume, entre otras, las funciones que venía ejerciendo la Administración del Estado en materia de reforma y Desarrollo Agrario.

Por Decreto 1895/1974, de 30 de mayo, modificado por el Decreto 3177/1978, de 1 de diciembre y Real Decreto 1880/1984, de 1 de agosto, se establecieron actuaciones de Reforma y Desarrollo Agrario en varias zonas de Canarias.

En base a todo ello, y como quiera que la redacción de los planes de obras y mejoras territoriales a que se refieren los artículos 82 y 129 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973, deberá ser realizada a medida que los estudios y evolución de las operaciones de ordenación permitan concretar inversiones suficientemente importantes para las zonas afectadas; es por lo que, ultimados los estudios correspondientes, se ha redactado y somete a la aprobación de esta Consejería un Anejo al Plan de Obras y Mejoras Territoriales que complementan las actuaciones de la quinta fase, en zonas de medianías de la Isla de Gran Canarias y que se refiere a obras de construcción de una nave de manipulación de patatas y cámaras frigoríficas para la Cooperativa Brimate, en el Término Municipal de Santa Brígida y Mejora de Regadíos en el Término Municipal de Ingenio.

Examinado el referido Anejo, esta Consejería considera que las obras en él incluidas, han sido debidamente clasificadas, según determina el artículo 61 de la mencionada Ley de Reforma y Desarrollo Agrario y que al mismo tiempo son convenientes para que se obtengan, de la ordenación de explotaciones de las zonas, los mayores beneficios. En su virtud,

DISPONGO PRIMERO.- Se aprueba el Anejo al Plan de Obras y Mejoras Territoriales (5ª fase) de varias zonas de ordenación de explotaciones de las Islas Canarias, Provincia de Las Palmas.

SEGUNDO.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la Ley de la Reforma y Desarrollo Agrario se considera que las obras incluidas en el Anejo, son complementarias, debiendo quedar clasificadas en el apartado d) del artículo 62 de la mencionada Ley, con los siguientes auxilios.

Para la nave de manipulación de patatas y cámara frigorífica, una subvención del 40% y un anticipo reintegrable del 60%, en un periodo de 15 años.

Para la mejora de regadíos, una subvención del 40% y un anticipo reintegrable del 60% en un periodo de 15 años.

Los anticipos devengarán un interés del 4 por 100 anual.

Todo ello en concordancia consumo lo dispuesto en los artículos 70 y 74 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.

TERCERO.- Las obras y mejoras deberán iniciarse dentro del plazo que para solicitud de beneficios, señala el Real Decreto 1880/1984, de 1 de agosto.

DISPOSICI N FINAL.- Para la Dirección General de Estructuras y Comercialización Agraria se dictarán las normas pertinentes para la mejor aplicación de cuanto se dispone en la presente Orden.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de junio de 1986.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA José Manuel Hernández Abreu

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