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BOC Nº 070. Lunes 16 de Junio de 1986 - 660

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Ganadería y Pesca

660 - RESOLUCION de 6 de junio de 1986, de la Dirección General de Investigación y Extensión Agrarias, por la que se establecen normas complementarias a la Orden sobre concesión de subvenciones a explotaciones colaboradoras en la implantación de nuevas tecnologías agrarias

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En cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Final Primera de la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca de 5 de junio de 1986 esta Dirección General resuelve establecer las siguientes normas:

l) OBJETIVOS DEL PROGRAMA:

El programa de ensayos, experiencias y demostraciones a realizar en las Explotaciones Colaboradoras a que se refiere el Artículo l' de la citada Orden, se ajustará a los siguientes objetivos básicos.

a) Introducción de nuevo material vegetal y su evaluación en las condiciones particulares de las distintas islas, zonas o comarcas que se expresan, que signifique una diversificación de cultivos o una mejora a las actuales producciones.

b) Mejorar la tecnología de las producciones actuales mediante el empleo adecuado de medios de producción y de nuevas técnicas de cultivo.

c) Mejorar la gestión de las explotaciones agrarias, mediante el empleo adecuado de medios de producción y de nuevas técnicas de cultivo.

d) Mejorar la gestión de las explotaciones agrarias, mediante el análisis de la economía de la producción.

2) ORIENTACIONES PRODUCTIVAS: Las orientaciones productivas y localizaciones a las que preferentemente se dirigirá este programa, serán las siguientes: a) Cultivos alternativos para los de pimiento y pepino bajo invernadero.

b) Cultivos ornamentales.

c) Nuevas variedades de tomate liso y surcado.

d) Variedades de papas para uso industrial (sur de Tenerife).

e) Espárrago (Lanzarote, Fuerteventura, sur de Tenerife y Gran Canaria).

f) Frutales de pepita y hueso de bajas necesidades en frío (zonas medias y altas).

g) Frutales de frutos secos (pistachero, nogal, almendro).

h) Frutales subtropicales:

- Platanera bajo invernadero (en sus zonas de cultivo). - Papaya (zonas bajas, hasta 250 m.).- Piña tropical (en Hierro). - Mango (en Gomera). - Litchi (zonas norte y sur bajas). - Aguacates (segunda y tercera zona de platanera). - Macadamia (orientaciones sur y norte bajas).

i) Cítricos: . - Variedades de naranjo temprano y tardío (zonas bajas y medias). - Variedades de mandarino (zonas medias).

j) Kiwi (zonas medias y altas de orientación norte).

k) Viña para uva de mesa y vinificación.

l) Cochinilla (Lanzarote y Fuerteventura).

m) Arbustos forrajerro y mejoras de pastizales.

n) Tabaco para capa (La Palma).

3) INSTANCIAS: Las solicitudes se ajustarán al modelo normalizado que figura como anexo a la presente Resolución, cuyos impresos estarán a disposición de los agricultores interesados en las Agencias de Extensión, Direcciones Territoriales y Dependencias Centrales de la Consejería.

4) PLAZO DE PRESENTACION: El plazo de presentación de instancias para este año 1986 finalizará 30 días después de la publicación de esta Resolución en el B.O.C.A.C.

Santa Cruz de Tenerife, 6 de junio de 1986.- El Director General de Investigación y Extensión Agrarias, Francisco Bocanegra Velázquez de Castro.

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