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-Pág. 1.404, en el Anexo la, se suprime el último párrafo del apartado A y se añade al final de dicho Anexo lo siguiente:
C.- OTROS MERITOS:
En atención a la residencia previa, por razones laborales, del cónyuge en la localidad a la que pretende ir destinando, a los únicos efectos de cambio de localidad y si la solicitud se refiere a puesto de trabajo del mismo o inferior nivel que aquél que se desempeñe.......3 puntos.
En el apartado B.- MERITOS NO PREFERENTES, en el párrafo primero donde dice: << 6 puntos>>, debe decir: <<5 puntos>>.
2°.- Respecto a la Orden de 26 de mayo, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma n° 63 del 30 de mayo, procede la siguiente rectificación:
- Pág 1497: las dos últimas líneas deben quedar como sigue:
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