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BOC Nº 060. Viernes 23 de Mayo de 1986 - 520

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Turismo y Transportes

520 - ORDEN de 16 de abril de 1986, por la que se anuncia, por el procedimiento de libre designación, la provisión de diversos puestos de trabajo.

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Aprobadas por Decreto 7/86 de 10 de enero la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Turismo y Transportes, esta Consejería ha acordado anunciar la provisión, por el procedimiento de la libre designación, de los puestos de trabajo que se mencionan en el Anexo 1 de la presente Orden con arreglo a las siguientes Bases:

PRIMERA.- Los puestos de trabajo que se anuncian podrán ser solicitados por los funcionarios de carrera que pertenezcan a cualquiera de las Administraciones que se indican para cada uno de ellos y que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño.

SEGUNDA.- Los interesados dirigirán las solicitudes, relacionando por orden de preferencia los puestos que solicitan, en el supuesto de que sea más de uno, al Istmo. Sr. Secretario General Técnico de la Consejería de Turismo y Transportes en el modelo de Instancia del Anexo 11.

TERCERA.- Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazo de 15 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el B.O.C.A.C., directamente en la Secretaría General Técnica de la Consejería de Turismo y Transportes o por cualquiera de procedimientos previstos en el Decreto 100/1985 y en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

CUARTA.- Además de los datos personales y Número de Registro de Personal, los aspirantes harán constar en la solicitud su curriculum vitae, en el que conste, debidamente acreditado, el Cuerpo a que pertenecen, título académico, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública, estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto en relación con las funciones atribuidas al puesto solicitado. También se harán constar detalladamente las características del puesto que desempeñan en la actualidad.

QUINTA.- Esta Consejería, de estimarlo oportuno podrá acordar, con anterioridad a la selección, la celebración de una entrevista de los candidatos con la Autoridad de que dependa el puesto solicitado.

SEXTA.- Si el nombramiento fuera a recaer en un funcionario destinado en otra Consejería, será preciso el informe previo de la Consejería de la Presidencia del Gobierno de Canarias.

SEPTIMA.- Esta Consejería se reserva la facultad de declarar vacantes las plazas anunciadas cuando estime que no existen candidatos que reúnan los requisitos necesarios para su adecuado desempeño.

LA CONSEJERA DE TURISMO Y TRANSPORTES, Mª Dolores Palliser Díaz

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